17 de noviembre de 2024
En varias legislaciones internacionales se ha abordado lo relevante (en la esfera financiera), correspondiente a los denominados “paraísos fiscales”. Pues bien, su sentido ontológico y la determinación de su manejo se encuentran conectados con el móvil de la tributación, en razón a que su nomenclatura tiende a un uso evasivo, que genera una distorsión al bien jurídico público de un determinado país de tributación ordinaria, ante la ausencia de cargas fiscales.