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El 25 de marzo de 2024, el fiscal General del Estado, Emiliano Rolón, remitió a la Comisión de Asuntos Constitucionales de la Cámara de Senadores la nota N° 104/2024 por la cual respondía a un pedido de ese organismo para acceder a una copia íntegra y autenticada del cuaderno de investigación fiscal por supuestas filtraciones contra el expresidente Mario Abdo Benítez y otros.
El mandamás del Ministerio Público reconoció que, de acuerdo al Art. 192 de la Constitución Nacional, el Congreso posee incuestionables facultades para solicitar informes a los demás poderes del Estado, entes autónomos, autárquicos y descentralizados, y a los funcionarios públicos. “Sin embargo, esto procede en la medida que no lesione garantías constitucionales, cuya atención y protección han sido puestas bajo custodia por la disposición de la normativa fundamental” (sic).
“Así tenemos que las informaciones contenidas en el marco de una investigación penal, cuando se encuentra en etapa preparatoria, están resguardadas, lo que limita la facultad del Ministerio Público para facilitar copia íntegra y autenticada del cuaderno de investigación fiscal, por disposición del Art. 322 CPP (Código Procesal Penal)...”, señala el documento firmado por Rolón.
Ninguno de los argumentos de esta negativa fue utilizado el 18 de marzo de 2024, cuando el abogado Juan Verón, que acudió como parte del Estudio Jurídico Pedro Ovelar, retiró una copia íntegra de las actuaciones obrantes en la causa, relató ayer uno de los imputados y extitular de la Secretaria de Prevención de Lavado de Dinero (Seprelad), René Fernández.
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Este comentó que, según los antecedentes existentes dentro del expediente, sobresale que el abogado Pedro Ovelar, firmó un escrito en el cual patrocina un pedido del expresidente Horacio Cartes, de una copia de investigación fiscal, con todos los anexos. El documento dice que Cartes hacía esa solicitud en su carácter de denunciante y supuesta víctima.
Sin embargo, según explicó Fernández, la entrega de la copia de la causa no correspondía porque el titular de la ANR solo con ese argumento no es parte, atendiendo que el mismo Art. 322 invocado por el fiscal general para negar a los Senadores establece los sujetos del proceso.
Es un tercero
Fernández señaló que el articulado del Código Procesal Penal establece que la etapa preparatoria no será pública para terceros. En este caso, la Fiscalía ejerció la acción penal siendo parte por un lado, mientras que por el otro están los investigados, indicó.
Expresó que el titular del Partido Colorado para de alguna manera intentar ser parte del proceso primero tuvo que presentar una querella ante un juez, cosa que no hizo hasta ahora, precisó Fernández.
Se le negó a un órgano constitucional, en este caso al Senado, pero, se entrega a un tercero la copia íntegra de la causa e incluso más grave es que ocurre a través de un secretario, añadió.
Persisten los privilegios
El extitular de Seprelad señaló que con esta actuación del MP queda en evidencia que persisten los privilegios y la selectividad.
Este es un proceso que se habría dirigido por WhatsApp. Todas las actuaciones eran informadas a la parte denunciante por el entonces fiscal Cantero, dijo Fernández.
Subrayó que analizando toda esta situación se nota que no solo se han quebrantado todos los deberes del Ministerio Público sino las mismas actuaciones procesales por lo que no descartan recurrir al Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM).
Chats revelaron un proceder similar
Los chats que serían el abogado Pedro Ovelar y el fiscal Aldo Cantero ya habían revelado el trato “preferencial” que existía con relación a causas.
El 15 de setiembre de 2023, el fiscal Aldo Cantero le habría escrito a Pedro Ovelar: “Dr podes hablar. No vino nadie de tu gente” (sic).
El abogado defensor de Cartes, por su lado, le habría respondido: “Buen día. Ya fotocopiaron todo antes de ayer” (sic).
“Ah Ok doc” (sic), habría sido la respuesta del representante del Ministerio Público.
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Previo a estos mensajes, el fiscal Cantero habría conversado el 7 de setiembre de 2023 con el abogado Ovelar sobre una causa caratulada: “Eric César Rojas Bogado y HENNING ENGEHAUSEN” s/ apropiación, estafa y lesión de confianza. N° 7099/2010″ que se tramitaba en el Juzgado Penal de Garantías N° 3 Cynthia Lovera.
Coincidentemente, esta magistrada es la que admitió el acta de imputación contra el expresidente Mario Abdo Benítez y exmiembros de su gabinete por las supuestas filtraciones de informes de inteligencia financiera sobre Cartes.
El fiscal Cantero, en el intercambio de los presuntos mensajes, también habría enviado dos documentos. A lo que Ovelar supuestamente le respondió: “Gracias Dr. La carpeta fiscal es lo que no encontramos. Del expediente judicial ya tenemos copia porque participó un abogado del 242″ (sic).
Cantero: “La carpeta está en el Juzgado. Ya hice el pedido” (sic).
Otro punto coincidente es que, entre los antecedentes de esta causa, existe intervención del abogado Juan Verón, el mismo que se presentó como parte del estudio jurídico de Pedro Ovelar y a quien la fiscalía le entregó una copia íntegra de la carpeta de investigación fiscal contra Abdo Benítez.
El 16 de enero y 22 de enero de 2024, respectivamente, en esta causa existen las últimas intervenciones y el abogado Verón es el que aparece como uno de los intervinientes, de acuerdo a los documentos obrantes en manos de la Justicia.