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El juez Penal de Garantías Humberto René Otazú Fernández, del Juzgado Especializado en Delitos Económicos, por medio del Auto Interlocutorio Nº 6 del 11 de enero de 2024, resolvió no hacer lugar los incidentes de extinción de la acción y sobreseimiento definitivo deducido por el Abog. José Galeano, en defensa de su clienta.
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La causa analizada en el Juzgado es el Nº 107/2022, caratulada “Delcia María Karjallo de González y otros s/ lavado de dinero”.
Argumentos de la defensa
La defensa ejercida por el Abg. José Galeano en defensa de Delcia Karjallo de González, en fecha 4 de enero de 2024 planteó los incidentes de extinción de la acción y sobreseimiento definitivo.
Argumentó que el juzgado de Otazú señaló como fecha de presentación de requerimiento conclusivo del Ministerio Público para el día 30 de diciembre de 2023.
Sin embargo, según la defensa, hasta el 4 de enero de 2024 no se ha presentado ningún tipo de requerimiento conclusivo por parte del Ministerio Público, por lo que se ha vulnerado el derecho de toda persona a ser juzgada dentro de un plazo razonable, y solicitó dar el trámite previsto en el artículo 139 del Código Procesal Penal (CPP).
El defensor requirió que el juzgado dicte la extinción de la acción penal y su consecuente sobreseimiento definitivo para su clienta Delcia Karjallo de González, por violación a las normas del debido proceso, alegó.
El Ministerio Público pidió rechazar incidentes
Al contestar los incidentes, el Ministerio Púbico explicó que en el plazo establecido por el Código de Procedimientos, solicitó la prórroga extraordinaria para incorporar con ellas, además de las ya colectadas, otras pruebas y realizar las diligencias indicadas para lograr determinar con mayor precisión y objetividad los hechos atribuidos a los procesados.
El Ministerio Público solicito que se rechacen los incidentes, por su improcedencia.
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El juzgado alega que el plazo está vigente
El juez penal de garantías Humberto Otazú explicó que el Tribunal de Apelaciones concedió prórroga extraordinaria a favor de la Fiscalía que fue resuelto por A.I. N° 381 del 22 de diciembre de 2023 de la siguiente forma:
1.-Hacer lugar a la prórroga extraordinaria solicitada por los abogados Néstor Coronel Gamarra y Alma Zayas Acevedo, Agentes Fiscales asignados a la Unidad Especializada en Delitos Económicos y Anticorrupción.
2.- Fijar nueva fecha de presentación de los requerimientos conclusivos para el 03 de julio de 2024 con relación a los imputados Delcia Karjallo de González, Carolina Concepción González Aguilera y Fernando González Karjallo.
El juzgado también refiere que si bien los abogados José Rafael Galeano Rolón y Ricardo Raúl Estigarribia Chávez, han planteado recursos ante la Corte Suprema de Justicia contra del A.I. N° 381 del 22 de diciembre de 2023, dictado por el Tribunal de Apelación en lo Penal, el juez Otazú entiende que se encuentra en trámite dicho recurso.
Agrega el juez: “Es así que debe estarse primeramente a lo que resuelva la máxima instancia judicial para la posterior prosecución de la causa, pero habiéndose resuelto otorgar el plazo para la prórroga extraordinaria y seguido todos los conductos legales previstos dentro del código de procedimientos penales, no habiéndose vulnerado ningún principio y/o garantía, el Ministerio Público ha actuado dentro de sus deberes y atribuciones conforme lo establece la ley.”
De igual manera han sido observados los principios y garantías procesales que amparan a la procesada, justificó el juez Otazú para rechazar los incidentes de a defensa.
Imputación de Fiscalía afirma que ocultaron dinero de la usura
En la imputación presentada el pasado 30 de junio de 2023, los fiscales Néstor Coronel y Alma Zayas señala que el dinero proveniente de la usura fue depositado en cuentas bancarias abiertas de forma conjunta por Ramón González Daher, Delcia Karjallo y Fernando González Karjallo entre 2014 y 2019; y utilizados como inversión en Certificados de Depósito de Ahorro (CDA) en los bancos Basa y Sudameris.
Estos CDA’s fueron emitidos a nombre de la pareja y el hijo, y las ganancias por los intereses que ofrecían incrementaron el patrimonio del clan.
El 13 de noviembre de 2019 el fiscal Osmar Legal imputó a Ramón González Daher por supuesta usura y lavado de dinero; y a su hijo Fernando González por el supuesto lavado de activos. Además solicitó el embargo preventivo de las cuentas que tenían ambos.
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Los agentes de la Unidad de Delitos Económicos indican en el escrito de imputación que posterior a aquel hecho, las cuentas conjuntas de la pareja y su hijo dejaron de tener movimientos.
No obstante, luego de la apertura del proceso contra RGD y su hijo, la señora Delcia Karjallo, en el 2020, habría realizado la apertura de cuentas en los bancos Basa y Sudameris, declarando en las solicitudes de apertura como actividad económica “ama de casa / ingresos familiares”, y a través de las cuentas habría ocultado el dinero de que tenían su esposo e hijo, proveniente de la usura.
Conducta atribuida a la nuera de RGD
En cuanto a la imputación contra Carolina González Aguilera, los agentes fiscales resaltan que junto a su suegra Delcia Karjallo de González, habrían inyectado al sistema financiero las ganancias de los préstamos con intereses excesivos, mediante CDA’s del banco Basa que estaban a nombre de Ramón González Daher y su hijo Fernando.
La Fiscalía relata también que el 8 de junio de 2020, Carolina González Aguilera y su suegra solicitaron la apertura de una cuenta en el banco Sudameris así como la emisión de más CDA’s.
Además obtuvieron dos certificados de depósito de ahorro de financiera Cefisa, usando un cheque cada una. Para justificar la apertura de esas cuentas expresaron que la actividad económica sería venta de joyas. Luego las ganancias de estos CDA’s habrían sido emitido en forma de cupones que fueron recibidos por la nuera.