Nueva denuncia penal por prevaricato contra ministros Llanes y Ramírez Candia

Una nueva denuncia por prevaricato contra los ministros de Corte Manuel Ramírez Candia y Carolina Llanes, fue presentada por el abogado Diego Troche Robbiani. Una anterior denuncia también por prevaricato contra los mismos ministros, es tramitada ante la fiscala Luz Guerrero.

Abogado Diego Troche Robbiani, denunció por prevaricato, por segunda vez, a ministros de Corte.
Abogado Diego Troche Robbiani, denunció por prevaricato, por segunda vez, a ministros de Corte.

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En esta ocasión, el abogado Diego Troche Robbiani, presentó la denuncia penal por prevaricato y cobro indebido de honorarios, en grado de tentativa y complicidad, en el Ministerio Público, el 27 de diciembre de 2021, y nuevamente apunta a los ministros de la Sala Penal de la Corte Suprema Manuel de Jesús Ramírez Candia y María Carolina Llanes.

Dr. Manuel Dejesús Ramírez Candia, ministro de la Corte Suprema de Justicia e integrante de la Sala Penal.
Dr. Manuel de Jesús Ramírez Candia, ministro de la Corte Suprema de Justicia, integrante de la Sala Penal.

El hecho

El relato de los antecedentes de esta denuncia refiere que el abogado Diego Troche Robbiani fue condenado a pagar costas en el trámite de un recurso de casación interpuesto por este letrado en la causa contra la jueza caratulada: “María Rosa González Sarubbi s/ prevaricato”.

Agrega que el recurso de casación fue rechazado sin sustanciación” por Auto Interlocutorio (AI) N° 1719 del 22 de agosto de 2013 por la Sala Penal integrada con los ministros Luis María Benítez Riera, Sindulfo Blanco y Alicia Pucheta. Sin embargo, por AI N° 1809 del 14 de noviembre de 2019, la Sala Penal procedió a regular honorarios profesionales a favor de las abogadas Sara Parquet de Ríos y Mónica Morales por trámites inexistentes, pues nunca se corrió traslado del mencionado recurso ni hubo contestación alguna. Es más, en el AI N° 1719 no se menciona ninguna actuación de las abogadas Parquet de Ríos y Morales como fundamento de la regulación.

La regulación formalizada por AI N° 1809 del 14 de noviembre de 2019, se sustanció con los votos de los ministros Ramírez Candia, Llanes y Benítez Riera.

Ante la regulación de honorarios que el abogado Troche Robbiani considera fuera de ley, planteó una reposición contra el AI N° 1809 del 14 de noviembre de 2019, y debido a causales previstas que consideró que existían para solicitar el apartamiento de los ministros Llanes y Ramírez Candia, ya que el letrado, anteriormente, los había denunciado penalmente también por prevaricato, procedió a recusar a los mencionados ministros de Corte en el juicio caratulado “María Rosa González Sarubbi s/ prevaricato”.

Carolina Llanes, ministra de la Sala Penal de la Corte, que cambió de postura en el caso de los “caseros de oro”.
Dra. María Carolina Llanes, ministra de la Corte Suprema, e integrante natural de la Sala Penal.

Sin embargo, -dice Troche Robbiani- los ministros Llanes y Ramírez Candia rechazaron ellos mismos por sí solos, la recusación que promovió, violando los artículos 25, 31 y 34 del Código Procesal Civil, resolviendo en causa propia y dictaron el AI N° 1289 del 1 de noviembre de 2021, alegando que la denuncia penal anterior que se está tramitando en el Ministerio Público, no es causal de separación de magistrados, declararon inadmisible y rechazaron “in límine” la recusación, con los votos de Llanes, Ramírez Candia y Benítez Riera.

Los ministros argumentaron lo que dispone el Art. 30 del Código Procesal Civil que refiere sobre el: “Rechazo sin sustanciación. Si en el escrito correspondiente no se cumplieren los requisitos del artículo anterior, o si el mismo fuere presentado fuera de las oportunidades previstas en el Art. 27, la recusación será rechazada, sin darle curso, por el tribunal competente…”.

Empero, Troche Robbiani sostiene: “Los ministros recusados no tuvieron en cuenta el Art. 50 inc 13 del Código Procesal Penal que establece como motivo de recusación: ‘cualquier otra causa, fundada en motivos graves, que afecten su imparcialidad o independencia’. Al parecer, a criterio de los ministros Manuel de Jesús Ramírez Candia y María Carolina Llanes, una denuncia penal no es hecho grave que afecte la imparcialidad”, señala en su denuncia ante el Ministerio Público.

La denuncia e investigación anterior

Actualmente la Unidad Penal N° 12 a cargo de la agente fiscal Luz Guerrero, se encuentra investigando y tiene abierta la causa N° 2159 “Innominada s/ hecho a determinar”, de fecha 18 de junio de junio de 2020. Esta denuncia fue ampliada el 13 de marzo de 2021 y el 25 de noviembre de 2021.

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