El juzgado de vigilancia penitenciaria de la Audiencia consideró que esas peticiones son “competencia exclusiva” de la administración penitenciaria, cuyas decisiones pueden ser recurridas por la vía contencioso-administrativa y no por la penal.
La magistrada Reyes Jimeno Gutiérrez señala que su competencia se limita a casos que impliquen “una clara vulneración de los derechos fundamentales y penitenciarios” y que sólo interviene de manera excepcional, una vez agotado la vía administrativa. Y, según este juzgado, los derechos de los detenidos -a la comunicación, las visitas, a una asistencia jurídica, médica, a la cultura y a la educación- no se han violado.
“Tampoco cabe considerar trato inhumano ni degradante en sí mismo el hecho del cumplimiento de la condena en un centro penitenciario distinto del que solicita el interno como de su preferencia”, consideró la magistrada en sus autos de rechazo de las peticiones, según la Audiencia Nacional. Otras treinta peticiones similares de miembros de la organización separatista armada vasca están siendo examinadas.
Según el último informe de la asociación de defensa de los presos de ETA Etxerat, que aboga por el acercamiento a sus familias de los presos, 455 están internados en Francia y España, de los cuales 352 se encuentran encarcelados a 500 km o más de su lugar de origen.
ETA renunció a la violencia armada en octubre de 2011 y reclama desde entonces unas negociaciones con París y Madrid para entregar las armas y disolverse, con la cuestión de los presos como una de sus principales peticiones. Francia y España rechazan cualquier negociación y exigen su disolución sin condiciones.
La organización separatista armada vasca es considerada responsable de la muerte de 828 personas en España entre 1968 y 2009, según datos del ministerio del Interior.