Es innegable que el nombre de Itaipú, en cualquier ámbito, resuena, y no por el nombre que le impusieron sus constructores (piedra que suena), sino porque ese sonido ancló en las capas más superficiales de nuestro razonamiento.
Meses atrás, inclusive años atrás, mediante un simple ejercicio de preguntas y respuestas, principalmente con jóvenes, comprobábamos que nuestros conocimientos e inclusive actitudes con relación a la selección paraguaya de fútbol predominan en las inquietudes de nuestra gente.
La potencia y energía movilizadora de cada confrontación futbolística por la clasificación al mundial de la FIFA, con el abrumador respaldo del periodismo deportivo, es envidiable. Ojalá, algún día, antes de que sea demasiado tarde podamos trasladarlas a este singular escenario de las reivindicaciones paraguayas en Itaipú -también de Yacyretá- y logremos la clasificación que el país reclama.
El Acta de Entendimiento entre el actual gobierno, colorado cartista, y su par brasileño, es solo una prueba de que el oportunismo costoplacista desvía el rumbo paraguayo de su genuina estrategia en Itaipú.

Recordemos cuáles son, por si la apatía se haya enseñoreado entre los actuales administradores del país, así como de los organismos de administración de las entidades binacionales:
- Plena disponibilidad de la energía paraguaya en Itaipú.
- Justo precio por la exportación real del excedente paraguayo.
- Libre exportación de ese remanente, inclusive a un tercer país si su oferta de compra resulta más convenientes para la República del Paraguay, sin ignorarse el Derecho de Preferencia de nuestros socios paritarios, por partes iguales, regla que está escrita en el Acta de Foz de Yguazú, matriz del Tratado de Itaipú, así como en el Tratado de Yacyretá, aún vigente según el Derecho de los Tratados.
Recargar sobre las espaldas del consumidor de la energía de Itaipú el sobrecosto que decidieron entre abril y mayo del año pasado no solo es injusto, sino también viola el Tratado de Itaipú, que ordena que el costo del servicio de esta entidad sea el reflejo preciso de ese costo.
La distribución en partes iguales de esa diferencia traerá algunos beneficios en el corto plazo al gobierno de turno, porque le permitirá contar con un presupuesto paralelo, inclusive sin el control parlamentario, para cubrir ciertos gastos, necesarios, pero, insistimos, al margen de todo control, en la etapa de planificación de los mismos, así como en la hora de acordar y hacer los pagos por las adquisiciones o ejecuciones de obras que realicen.

Las publicaciones, casi cotidianas de nuestros colegas del periodismo de investigación, confieren cuerpo a ese temor.
Las denuncias de direccionamiento en las licitaciones, si se las puede llamar así, los exagerados sobreprecios, como en el caso de los pupitres chinos, apenas por rescatar un ejemplo, demuestran que ese no es el método, la estrategia que el país exige en el camino de sus reclamos en Itaipú y Yacyretá.
La plena disponibilidad de su energía en Itaipú y el pago del justo precio por la exportación de su excedente superarán y excederán cualquier beneficio de corto plazo que consiga el actual gobierno -también su predecesor. Sin detenernos aún en considerar los beneficios de la transparencia.
Antes de zambullirnos en el exigente territorio de las demostraciones numéricas, pretendemos repetir un concepto fundamental: el complejo hidroeléctrico es una propiedad en condominio y por partes iguales del Paraguay y del Brasil.
Por consiguiente, los reclamos del pueblo paraguayo buscan la recuperación de su soberanía sobre el 50%, no solo de la energía que produce, sino de todo bien, patrimonio o activo que administra como permisionario (Tratado de Itaipú. Art. V).
Además, la calidad de socio en condominio por partes iguales no es una concesión graciosa de imperio alguno o de subimperios, sino que es su derecho natural, porque su ejecución impuso al Paraguay sacrificios irreversibles, como la inundación de los Saltos del Guairá.
La financiación del proyecto, si bien fue una iniciativa brasileña, fue eso: financiación, porque no hubo “aportes”, a pesar de que lo establece el Tratado en sus artículos VIII y IX.
El Paraguay sí hizo aportes, los Saltos del Guairá, como anticipábamos, y la mitad de la energía del río Paraná, el único factor irremplazable en un emprendimiento de esta naturaleza.

Aprovechamiento de la energía
Si el complejo es compartido, en partes iguales, cómo se explica que la energía acumulada en los 41 años de producción de Itaipú, una de las partes, el Paraguay, haya podido o querido aprovechar solo 10,1% del total, es de las preguntas que hace el ciudadano de a pie, así como varios de los que se desplazan en lujosos automóviles.
El porcentaje no es arbitrario, es el simple resultado de cotejar la producción que acumuló Itaipú en el período comprendido entre mayo de 1984 y junio de 2025.
De acuerdo con los informes de la entidad paraguayo-brasileña , el registro acumulado de la producción de la central hidroeléctrica en esos 41 años alcanza 3.089.070 GWh (1 GWh = 1000 MWh y 1 MWh = 1000 KWh).
Para dimensionar correctamente esta cantidad, recordemos que la demanda del Sistema Interconectado Nacional (SIN) que atiende la ANDE excede los 22.000.000 de MWh en los últimos años.
El segundo paso del ejercicio plantea que se conozca el consumo total del mercado paraguayo en ese período.
Según fuentes de Itaipú, propias e independientes, en el mismo período (mayo de 1984-junio del 2025), la ANDE retiró de Itaipú 310.782 GWh, o sea, el 10,1% del total que produjo la binacional. El 89,9%, por ende, lo aprovechó el sistema eléctrico brasileño.
El Paraguay es propietario en condominio por partes iguales de la energía de Itaipú, apuntábamos más arriba. Si el total generado trepa a 3.089.070 GWh, se infiere que la mitad, 1.544.535 GWh, correspondían a nuestro país; pero como pudimos utilizar en el SIN solo 310.782 GWh, comprobamos que, inclusive de la mitad que nos pertenece, usamos solo el 20,1%.
¿Qué pasó con la cuantiosa diferencia de nuestra propia energía?
De acuerdo a la interpretación oficial del Tratado de Itaipú, la cedimos al Brasil. O sea, de los 1.544.535 GWh de energía paraguaya utilizamos solo 310.782 GWh. Luego el remanente cedido alcanzaba 1.233.753 GWh, el 79,9%).
Qué pasó con el justo precio
El Acta Final de Foz de Yguazú (1966) establecía que la energía sobrante entregada a la otra parte recibiría el justo precio. En el tratado, queda de esta promesa apenas una mención en el tercer párrafo de su Considerando y que las altas partes optaron por aplicar un valor que no tiene relación alguna con el concepto “justo” y tampoco con el de “precio”.
En el período de referencia (1984/junio del 2025), según los registros oficiales, la entidad binacional transfirió al Paraguay en concepto de Compensación por Cesión de Energía, US$ 5.532.539.800.
Como último paso, dividamos esta cantidad por el total de MWh que cedió nuestro país al Brasil en el período en estudio: US$ 5.532.539.800 / 1.233.753,000 (los GWh los convertimos en MWh) y concluiremos que con los US$ 4,48 que da como resultado, las Altas Partes ahogaron el principio del Justo Precio, tal lo hicieron con los Saltos del Guairá.
Metas
Plena disponibilidad de la energía paraguaya en Itaipú, justo precio por la exportación real del excedente paraguayo y libre exportación del excedente paraguayo.
Violatorio
Recargar sobre las espaldas del consumidor de la energía de Itaipú un sobrecosto es injusto, y también violatorio del Tratado de Itaipú.