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El empresario puso como ejemplo el Decreto N° 2430, del 17 de octubre de 2014, por el cual establece los “requisitos y condiciones para la aplicación del Régimen aduanero de despacho simplificado para importaciones menores.
Según esta disposición, el régimen está “destinado exclusivamente” a “pequeñas importaciones”, por un valor máximo hasta US$ 2.500 FOB (libre a bordo) por cada importación, “acumulable hasta un valor máximo de US$ 10.000 por mes y por cada importador.
Dispone asimismo que las mercaderías, que por su naturaleza requieran el cumplimiento de las disposiciones específicas para su introducción al territorio nacional (por ejemplo, los domisanitarios), “deberán cumplir estrictamente las normativas vigentes”.
Añade que, para el efecto, las instituciones competentes y de aplicación de las respectivas normativas deberán expedir las autorizaciones para las tramitaciones pertinentes, que adjuntarán, en todos los casos, “al despacho de importaciones menores finiquitado”.
El presidente de la Asociación de Industriales Domisanitarios duda de que esos trámites se estén realizando y añadió que no puede haber punto de comparación entre los importadores tradicionales, los industriales locales y los “importadores menores, porque estos compran en la frontera mercaderías subsidiadas por el Gobierno argentino”.