Con algunas modificaciones, la Cámara de Senadores aprobó el martes último, en general y en particular, en sesión extraordinaria, el Proyecto de Ley “que establece la rectoría sobre el transporte terrestre y modifica y amplía disposiciones de la Ley N° 1590/2000 relativas al servicio de transporte público metropolitano de pasajeros”.
El plan normativo, que ahora pasa a Diputados para su análisis, establece que el servicio de transporte público metropolitano de pasajeros es regulado por el Estado y que su prestación será adjudicada en concesión a personas jurídicas privadas por un plazo máximo de 15 años a 20 años.
Alternativamente, el servicio podrá ser prestado directamente por el Estado o por el órgano público o sociedad de mayoría estatal que designe el Poder Ejecutivo, cuando así lo requiera el interés público.
Servicio público imprescindible durante 24 horas
Entre los cambios principales del proyecto destacan el artículo 20, que establece que el servicio de transporte público es un servicio público imprescindible y que, como tal, se garantiza su prestación continua y regular.
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El proyecto original establecía que el Viceministerio de Transporte (VMT) debía indicar al sindicato, en caso de huelga, o al concesionario del servicio, en caso de paro, la cantidad de buses y frecuencias mínimas necesarias para asegurar la continuidad operativa.
En cambio, el texto aprobado establece porcentajes específicos: se deberá garantizar el 70% en horas pico y el 60% en los demás horarios. Según el sindicato de choferes, esta medida podría impedir la huelga de los trabajadores sindicalizados.

En el artículo 22, relativo a los objetivos de la regulación, se agregó un punto más respecto al texto original: el plan de servicio de transporte público metropolitano debe garantizar la cobertura y disponibilidad de buses durante las 24 horas, asegurando la accesibilidad y movilidad permanente de los usuarios.
Los cambios que afectan a choferes del transporte público
Otras modificaciones importantes se introdujeron en el artículo 39. Originalmente, establecía que el VMT, en coordinación con las instituciones competentes, velaría por el cumplimiento de las normas laborales que afectan al personal de los prestadores.
El texto aprobado por el Senado añadió que un operador que sustituya a otro en una unidad funcional deberá incorporar a los conductores que hayan prestado servicios durante al menos los últimos dos años y que queden cesados del operador anterior. La misma protección se aplicará en casos de cesión de la concesión.
Sin embargo, el nuevo operador podrá realizar una evaluación de idoneidad de los conductores, con base en reglas y criterios objetivos previamente definidos; quienes no cumplan los niveles mínimos establecidos podrán ser excluidos del proceso de incorporación. El VMT reglamentará y supervisará estas evaluaciones.
En las bases y condiciones de licitación y en los contratos de concesión se establecerán penalizaciones por incumplimiento de estas disposiciones y se deberán prever mecanismos para garantizar las indemnizaciones de los trabajadores al término del contrato, incluyendo la creación de fondos especiales o figuras similares, además de la constitución de garantías de cumplimiento.
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Respecto a los derechos de los usuarios, la versión aprobada insistió en el artículo 42 en que el servicio debe estar disponible las 24 horas y que los usuarios podrán presentar denuncias y reclamaciones gratuitas, recibiendo respuesta en un plazo máximo de 48 horas.
En cuanto al artículo 54, relativo a la política tarifaria, se incluyó que las tarifas deberán aplicarse bajo un mismo régimen para todos los usuarios, asegurando condiciones equitativas y uniformes. El Poder Ejecutivo fijará la tarifa a propuesta del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones.
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Publicidad de paradas se sacó del financiamiento
Otro cambio importante se dio en el artículo 68, eliminando de los recursos del financiamiento del servicio los cánones por publicidad en paradas, terminales, patios y otros espacios, para no afectar los ingresos de las municipalidades del área metropolitana, principalmente la de Asunción.
En el artículo 71, sobre inversiones y operaciones del Fiduciario, se añadió que las políticas de inversión deberán considerar una amplia diversificación de la cartera, salvo instrumentos emitidos o garantizados por el Estado o el Banco Central del Paraguay, y criterios de seguridad, liquidez y rentabilidad.
Las inversiones estarán subordinadas a los plazos de pago de los compromisos del Fideicomiso, que se creará para financiar el sistema.
Respecto al artículo 89, sobre autorizaciones de vías, se establece que el VMT tendrá exclusivamente la autorización para la circulación de operadores del transporte público en el área de competencia del MOPC, exceptuando las vías reguladas por la Dinatran dentro de su ámbito específico.
Finalmente, el artículo 115 aclara que las concesiones y permisos vigentes de servicios de media, larga distancia e internacional, otorgados por la Dinatran a prestadores de transporte, seguirán vigentes según sus términos, mientras que el proyecto original establecía que estos permisos serían revisados por el VMT.
Concesión de flota, infraestructura y operación
El proyecto de ley busca implementar un nuevo sistema de transporte en un plazo de cuatro años, con concesiones de 15 a 20 años mediante licitación pública.
El plan abarca flota, infraestructura, operación y servicios complementarios; el Estado comprará los buses y los pondrá a disposición de los operadores, priorizando unidades de bajas o cero emisiones y con un máximo de 15 años de antigüedad.
La operación se organizará en “unidades funcionales”, reduciendo las 36 líneas actuales a unas 10 operadoras, e incluirá integración tarifaria para permitir varios viajes con un solo pasaje. Además, se licitarán patios, terminales, estaciones y servicios como gestión tecnológica, fiscalización e inspecciones.
El financiamiento estará a cargo de un fideicomiso administrado por la AFD, sostenido con billetaje electrónico y subsidios estatales, que pagará a los concesionarios y cubrirá los costos no cubiertos por el pasaje, aunque aún falta definir los recursos iniciales para la compra de al menos 1.000 buses.