Uno de los puntos que llamó la atención en el segundo informe de gestión presentado por el presidente de la República, Santiago Peña, ante el Congreso Nacional, fueron los “avances en la transformación del sistema ferroviario nacional”, a pesar de que el país sigue sin contar con un sistema de trenes de pasajeros.
En ese contexto, el documento difundido ayer destaca los “logros” que atribuyó a Ferrocarriles del Paraguay S.A. (Fepasa), entidad presidida por Facundo Salinas.
Se menciona que, durante el primer semestre de 2025, Fepasa inició la construcción de una nueva estación en Encarnación y emprendió tareas de mantenimiento en la infraestructura del tramo Encarnación–Posadas, del lado paraguayo.
Además, se señala que Fepasa y el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) avanzan en los preparativos técnicos y normativos para desarrollar un proyecto ferroviario que beneficiaría a las ciudades de Asunción, Luque, Areguá, Itauguá y Ypacaraí, mediante un sistema de transporte público moderno, eficiente y de calidad.
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Ley se promulgó hace seis meses
Lo concreto es que hace ya seis meses, el presidente Peña promulgó la Ley N.º 7434, con fecha 7 de enero, “De la reforma del tren de cercanías”, normativa con la se buscaba implementar un tren de cercanías entre Asunción y Ypacaraí. La ley fue sancionada apresuradamente por la mayoría cartista de la Cámara de Diputados el pasado 17 de diciembre, durante la última sesión del año antes del receso legislativo, sin objeciones ni debate.
Sin embargo, el proyecto sigue sin avances visibles y se desconocen los plazos para las licitaciones que Fepasa debía realizar para su desarrollo sobre la antigua franja del ferrocarril.
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La ley en cuestión autoriza al MOPC a suscribir una adenda al contrato de concesión firmado con Fepasa, y habilita a esta empresa estatal a establecer uno o más contratos de “subconcesión” con el sector privado, por un plazo de hasta 35 años, incluyendo la fase constructiva. Para ello, Fepasa deberá convocar a un proceso licitatorio para seleccionar al “subconcesionario”.
El texto promulgado no solo otorga a Fepasa la posibilidad de eludir las leyes N.º 1618/2000 (Concesiones de Obras y Servicios), N.º 5102/2013 (Alianza Público-Privada - APP), y N.º 7021/2022 (Contrataciones Públicas), sino también la Ley N.º 1535, de “Administración Financiera del Estado”.
Este puenteo a la Ley 1535 se dará pese a que, durante los 35 años de la “subconcesión” que Fepasa podrá otorgar a una o más empresas privadas, el Estado realizará millonarios desembolsos a un fideicomiso creado para garantizar los pagos a la firma adjudicada para construir, operar y mantener el ferrocarril eléctrico.