16 de noviembre de 2024
Por disposición de la Corte Suprema, desde hoy no se incluirán en los Registros Públicos las escrituras de compraventa de bienes registrables que no incluyan datos de certificados de antecedentes de deudores alimentarios morosos. Te contamos cuáles son los bienes que los escribanos no podrán inscribir sin contar con ese documento.