29 de junio de 2025
Definitivamente, los vínculos paradigmáticos de los delitos económicos precisan un (debido) control y revisión (técnica – dogmática) constante, ante las diversas irregularidades que se concretan mediante la inferencia de las tecnologías. Es que en la actualidad existe una conexión directa e indirecta de la utilidad (negativa) del ransomware para la afectación al vértice económico, exhortando a modelos (tipo), desde aquella conducta que destruya, altere, inutilice o de cualquier modo dañe los datos, programas o documentos electrónicos ajenos contenidos en redes, soportes o sistemas informáticos.
La organización Internacional de Policía Criminal (Interpol) incorporó un nuevo color a su sistema de alertas a escala mundial. Esta nueva notificación se aplica a personas involucradas en fraudes financieros, lavado de dinero, financiación de actividades terroristas y uso de criptoactivos para esquemas fraudulentos. Cabe recordar que la Interpol posee diferentes colores de notificaciones que permiten a la Policía de los países miembros intercambiar información crucial sobre delitos.
Al tiempo de precisar las variables dogmáticas de los delitos económicos (contemporáneos), hemos de invertir en un análisis preciso respecto a la representación del injusto de “estafas de rescate”; pues bien, dicha modalidad ensambla “variantes” del fraude, que acompaña una “solicitud” como objetivo central. Es que se ha profundizado sobre la realidad de dicho injusto penal, ante el justiprecio respecto a la acción que genera pánico en las víctimas para que conciban un pago por rescate.
Indudablemente, estamos ante una revolucionaria condición de los delitos económicos en razón inmediata con la (actual) implicancia del avance tecnológico en el campo transaccional y de los diversos servicios financieros. Es que la utilización indebida de la tecnología ha influido en diversos temas de debates con referencia continua con la “ciberseguridad”.
La Policía Nacional detuvo a un hombre de 33 años, tras haber recibido una transacción bancaria no autorizada de G. 200 millones y luego haber transferido a otras cuentas, además de haber retirado pate de ese dinero en un banco. El sospechoso fue aprehendido en la sede del Banco Continental tras ser descubierto por el titular de la cuenta afectada.
En el sentido (gnoseológico) de la administración societaria, podemos toparnos con varias “cuestiones” que hacen a la apreciación doctrinal, tal como ocurre con la conexión de responsabilidad por un suceso fraudulento que ha ocupado irregularidad dentro del plano financiero-societario. Así, surge la impronta por la calidad de autores y/o partícipes que concretan una formulación del tipo legal. Es decir, la complejidad se traduce en una (posible) ausencia de referencia de responsabilidad de un externo (extraneus).