16 de noviembre de 2024
La comisario María Elena Andrada, responsable de Relaciones Públicas de la Policía Nacional, puntualizó que la Policía Nacional sólo puede labrar un acta en caso de encontrar a algún ciudadano circulando en el horario de restricción que establece el decreto N° 5161, de 00:00 a 05:00. Los uniformados no pueden aprehender a las personas que incumplan el decreto, a no ser que carezcan de su cédula de identidad.