30 de junio de 2025
Ayer en la sala bicameral del Congreso se realizó la audiencia pública sobre el proyecto de ley que “incorpora la pena de prisión perpetua revisable” al Código Penal (Ley Nº 1160/97), planteado por el diputado Rubén Rubin y cuya constitucionalidad es discutible.
La participación en el injusto de lavado de activos ocupa dimensiones dogmáticas y normativas a ser ponderadas, puesto que hemos de recordar que nuestro sistema jurídico penal reconoce la punibilidad individual de los participantes a partir de lo dispuesto en el Art. 33º del Código Penal. Es que la reprochabilidad que concurre en cada sujeto es verificable “individualmente”; y en tal efecto, cada participante en el hecho de lavado de activos será sancionado de acuerdo con su reprochabilidad, independientemente de la reprochabilidad de los demás que activaron dentro de la contaminación del orden económico.
CARACAS - La Asamblea Nacional (AN, Parlamento) de Venezuela, controlada por el oficialismo, adelantó este viernes que actualizará las leyes penales, incluidas las que castigan la tortura y la violencia contra la mujer, una tarea que arrancará el 15 de septiembre, cuando los diputados regresen de sus vacaciones.
El presidente de la República Mario Abdo Benítez vetó totalmente una ley en el que se buscaba beneficiar a procesados por hechos de corrupción que cometieron lesión de confianza o estafa. El Congreso envió al Ejecutivo una normativa en la que modificaron y redujeron la expectativa de pena quedando entre ocho y 10 años de cárcel, además de que la Fiscalía debía demostrar que hubo intención de cometer el delito.
La Coalición por la Legalidad entregó una nota a los asesores jurídicos de la Presidencia de la República en la que solicitan al presidente, Mario Abdo Benítez, que vete la ley que modifica el Código Penal que beneficiaría a corruptos, según denuncian desde la organización.
Indudablemente, el ámbito normativo de responsabilidad penal va ampliando su parámetro dogmático en razón a la teoría del delito. Así, la competencia empresarial/industrial conlleva un abordaje a efectos de evitar “negativos” en materia financiera, pues, en la actualidad se analiza un delito de “espionaje industrial”, que se refiere al develamiento de secretos que comprometen la economía de una empresa/industria.