18 de abril de 2025
Hemos de precisar que, dentro de la inferencia tributaria se ajusta una diversidad de cuestiones que grafican la complejidad para adecuar de manera precisa cada una de las “conductas” bajo tipificación (objetiva) del injusto penal, pues bien, debemos intuir que la doctrina también se ha abocado sobre la admisibilidad de la prosecución de las operaciones “administrativas”. A su vez, se debe agregar un sentido teleológico de las disposiciones tributarias, que desglosan factores de exigencia y/o cumplimiento de los “tributos”, y en tal efecto, el “bien jurídico” que acompaña el amparo a la hacienda pública nos deja ver la participación activa de personas (físicas/jurídicas) en los sucesos de afectación tributaria.