La Patrulla Caminera tomó rápida acción en dos casos de denuncias ciudadanas que derivaron en la seguridad de pasajeros, al sacar de circulación a dos conductores que estaban bajo los efectos del alcohol.
El Ministerio Público imputó al conductor de un vehículo que protagonizó un arrollamiento fatal estando alcoholizado y solicitó su arresto domiciliario. El percance que había ocurrido el sábado último, en el distrito de Juan E. O’Leary, tuvo como víctima a un transeúnte.
Un abogado que se presentó como un “importante dirigente político” de Hernandarias causó un accidente y luego se negó a someterse al alcotest. Igualmente, habría amenazado con utilizar sus influencias para pedir el traslado de los agentes policiales que estuvieron a cargo del procedimiento.
El asesor jurídico del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), Blas González, recomendó que todo conductor puede solicitar la “orden de servicio”, que debe tener un agente de la Patrulla Caminera durante los distintos controles ruteros. En este documento debe estar detallado los días de procedimiento y la zona del control.
La obligatoriedad de realizar la prueba de alcotest en las rutas es “totalmente inconstitucional”, debido a que implica la generación de una prueba en contra del conductor, lo que se opone al derecho de la presunción de inocencia.
En estos días, surgió nuevamente como foco de discusión jurídica si la Patrulla Caminera puede obligarte a realizar el alcotest en controles aleatorios. El asesor jurídico de Presidencia, Carlos Trapani, se sumó al debate y dejó una postura tajante.