Mediante la Gaceta oficial, el presidente Santiago Peña promulgó la Ley Nº 7543, que modifica el artículo 30 de la Ley Nº 879/1981, correspondiente al Código de Organización Judicial. Con esto, se amplía la estructura del Tribunal de Cuentas de dos a cuatro salas.
Cada una estará integrada por tres miembros y mantendrá competencia exclusiva en los juicios contencioso-administrativos, conforme a la legislación vigente.
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La nueva ley fue aprobada por la Cámara de Diputados el 15 de julio de 2025, ratificada por el Senado el 20 de agosto, y promulgada por el Poder Ejecutivo.
El texto faculta a la Corte Suprema de Justicia a reglamentar la aplicación de la norma, que se implementará conforme a la disponibilidad presupuestaria establecida en el Presupuesto General de la Nación.
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La norma aprobada no altera la estructura del Tribunal de Cuentas, sino que duplica la cantidad de salas para descongestionar el sistema judicial.
De igual manera, igual las autoridades públicas podrán recurrir a la inconstitucionalidad para evitar el control de la CGR y que el Tribunal de Cuentas sea quien juzgue las rendiciones.
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Se frenó intento de modificar el control de la Contraloría
Si bien la versión final aprobada, amplía la cantidad de salas del Tribunal de Cuentas, no introduce cambios en la jurisdicción ni en la relación con la Contraloría General de la República (CGR).
El proyecto original había sido alterado en el Senado y se reincorporó disposiciones que, según advertencias del propio contralor general, buscaban legalizar el “puenteo” a la Contraloría.
Dicha maniobra es una práctica frecuente entre intendentes y administradores públicos investigados por irregularidades, quienes eluden el control mediante alguna acción de inconstitucionalidad y envían sus rendiciones al Tribunal de Cuentas.
Tras el retorno del documento a la Cámara de Diputados, los legisladores rechazaron las modificaciones casi por unanimidad.
