Los diputados introdujeron modificaciones al proyecto de ley “Que modifica el artículo 207 de la Ley Nº 1680, Código de la Niñez y de la Adolescencia” y elevaron de 8 a 10 años la pena para menores infractores.
Esta iniciativa tuvo media sanción en el Senado, por lo cual el documento vuelve a la Cámara Alta para su revisión.
En el Senado planteaban elevar de 8 a 15 años la pena máxima de privación de libertad para adolescentes de entre 14 y 17 años que cometan hechos punibles calificados como crímenes por el derecho penal común. Sin embargo, la Cámara de Diputados decidió bajar a 10 años la pena.
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La diputada Rocío Abed (ANR-HC), titular de la Comisión de Equidad, cuyo dictamen se usó para las modificaciones, mencionó que la redacción actual del art. 207 establece un máximo de ocho años de pena para los menores que cometan un crimen.
“Excepcionalmente, el juez competente podrá disponer la aplicación de una medida privativa de libertad por un plazo máximo de hasta 10 años, siempre que, atendidas las circunstancias del hecho y las condiciones personales del adolescente, se concluya que ninguna otra medida resulta suficiente para alcanzar los fines de educación, protección y reinserción social previstos en este Código”, reza la redacción.
En la exposición de motivos del proyecto se asegura que el crimen organizado se vale de menores de edad para la ejecución de delitos y crímenes, sabiendo que estos recibirán sanciones reducidas o medidas socioeducativas leves, lo que no solo socava la autoridad del Estado, sino que también expone a los propios menores a contextos de violencia, abuso y muerte.
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Además del aumento en la duración máxima de las medidas privativas de libertad, la iniciativa contempla evaluación pericial obligatoria para determinar la capacidad de discernimiento del menor infractor; sistema mixto de responsabilidad penal juvenil que combine sanciones proporcionales con programas obligatorios de rehabilitación y reinserción; criterios de proporcionalidad, reincidencia y evaluación de la madurez psíquica del infractor.