Luego de que se diera a conocer el caso de la niña de 11 años asesinada en Fulgencio Yegros, Caazapá, en el que el principal sospechoso es Marcelo Giménez, quien ya tiene una condena previa por haber manoseado a la misma niña y fuera liberado tras cumplir tres años de prisión, el viceministro de la Niñez, Eduardo Escobar, afirmó que si es aplicable la prisión permanente revisable en nuestro país.
“Nosotros estamos, eso lo debatimos con el ministro Walter ya aquí y la prisión permanente revisable, considerada como cadena perpetua, si es aplicable en el país. España lo tiene, lo tienen otros países aquí de la región que también son suscriptores del pacto de San José y Costa Rica, España tiene el tribunal Europeo encima, el tribunal europeo de los derechos humanos”, aseveró.
Indicó que se deben aplicar algunos ajustes técnicos en la legislación del Código de Ejecución Penal y del Código Procesal Penal para poder aplicarla, no así la Constitución Nacional.
“¿Por qué es aplicable?, ¿cómo opera la prisión permanente revisable?, en España, por ejemplo, se le condena a un máximo de 25 años y antes de que recobre su libertad se le da una batería de estudios psicológicos y psiquiátricos para medir que esa persona está apta para su reinserción social. Y si no está apto, prima también lo que es otro de los fines de la pena que está contemplado en nuestra Constitución, que es la protección a la sociedad”, sostuvo.
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Prisión permanente revisable
Explicó que se debe tener un equilibrio entre ambos fines de la pena, lo que es la reinserción social y lo que es la protección a la sociedad.
“Si no se cumple uno, si no se cumple su reinserción social, entonces se debe primer la protección a la sociedad, entonces se hace esa evaluación, si sale todo positivo, si sale todo bien y está bajo los parámetros, entonces recobra su libertad”, refirió.
Agregó que si salen los estudios psicológicos y psiquiátricos, con un resultado negativo, entonces queda nuevamente en prisión y tiene la posibilidad de evaluarse y volver a estudiarse su libertad en un plazo de dos años.
“Se podría modificar el código procesal o el código de ejecución penal, no así la Constitución, no hace falta modificar la constitución nacional, es aplicable, es perfectamente aplicable, solo que hay que hacer un trabajo fino, muy técnico, sentarnos, ponernos todos de acuerdo, Poder Ejecutivo, Legislativo, Judicial, y trabajar todos juntos para que el cuerpo lega esté redactado en forma armoniosa”, expresó.
Por último, dijo que están en conversación con varios parlamentarios y cree que en poco tiempo presentarán varios proyectos al respecto.