El proyecto de “conducta” en el rally establece obligaciones para asistentes, organizadores, Policía Nacional, Patrulla Caminera y municipalidades. Sin embargo, el texto no fue girado a la Comisión de Asuntos Constitucionales.
Crea sanciones como “advertencia verbal” y “expulsión del evento”.
También dispone prohibiciones por ley al ingreso, circulación y permanencia en el área de competencia de vehículos equipados con cajas acústicas o de sonido -parlantes, altavoces, woofers, subwoofers-, capaces de reproducir sonidos que superen los 90 (noventa) decibeles.

Faltas “graves” para fanáticos del rally
Establece que son “faltas graves” cosas como “Desobedecer las órdenes de seguridad dictadas por los miembros de la Organización”; “Permanecer en zonas de espectadores en estado de intoxicación alcohólica u otra sustancia que disminuya las condiciones psicofísicas normales”.
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Así también, prohíbe “distraer o interferir con la visión y atención de los competidores, como uso de luces, punteros láser, pirotecnia de estruendo y bengalas, sobrevuelo de drones”, entre otros.