Hambre Cero: productos e insumos deberán adquirirse de la agricultura familiar o mipymes

El presidente en ejercicio, Pedro Alliana, decretó la adquisición obligatoria de productos frutihortícolas de la agricultura familiar y servicios ofrecidos por las mipymes para la alimentación escolar en el marco de Hambre Cero. El ministro de Desarrollo Social, Tadeo Rojas, habló al respecto.

Hambre Cero General Artigas Itapúa.
Platos servidos en el marco de Hambre Cero. Sergio González

Por medio del Decreto N° 3899 se establece que los productos frutihortícolas o servicios referentes a la alimentación escolar por el programa Hambre Cero deberán ser adquiridos obligatoriamente de la agricultura familiar o por parte de las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes).

El documento fue firmado por el presidente en ejercicio, Pedro Alliana, ya que Santiago Peña se encuentra en Asia.

Lo establecido es que los proveedores adjudicados para la provisión de alimentación escolar deberán adquirir un porcentaje de los productos e insumos directamente del productor de la agricultura familiar, el cual deberá representar como mínimo el diez por ciento (10%) del valor total del contrato, y adquirir bienes y/o servicios de mipymes durante el periodo de duración de sus contratos, por montos que representen al menos el cinco por ciento (5%) del valor total del contrato.

“Eso está dentro de los lineamientos y el contrato firmado; esto se vio necesario de que sea oficializado por decreto. También se establecen sanciones en casos de incumplimientos y se les obliga a las empresas proveedoras a la carga de las facturas en forma mensual a través de sus usuarios”, mencionó al respecto el ministro de Desarrollo Social, Tadeo Rojas, durante una conferencia realizada en Mburuvicha Róga.

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