Senadora alerta sobre inconstitucionalidad y pide anular sanción del proyecto que crea juzgados de la familia

La senadora Lilian Samaniego (ANR, independiente) presentó un pedido al presidente de la Cámara de Senadores, Basilio “Bachi” Núñez (ANR, HC) para declarar nula la aprobación y sanción del proyecto de ley que crea tribunales y juzgados especializados en violencia familiar. La legisladora advirtió de la falta de quorum y alertó de una posible ruptura del orden jerárquico y constitucional. El punto se debatirá en la sesión de mañana, antes de la aprobación del acta del miércoles 23.

Opositores contabilizaron que apenas reunieron 22 votos para la sanción del proyecto de ley que desvirtúa la creación de tribunales y juzgados especializados en violencia contra la mujer.
Opositores contabilizaron que apenas reunieron 22 votos para la sanción del proyecto de ley que desvirtúa la creación de tribunales y juzgados especializados en violencia contra la mujer.

La semana pasada, el presidente de la Cámara de Senadores, Basilio “Bachi” Núñez (ANR, HC), se vio forzado a aplazar la aprobación del acta de la sesión anterior por las dudas sobre el quórum que denunciaron la oposición y la disidencia colorada para la sanción del desvirtuado proyecto de ley que pretendía crear juzgados y tribunales especializados en violencia contra la Mujer.

Mañana, al inicio de la reunión ordinaria, prevista para las 9:00, se pondrá nuevamente a consideración del pleno la aprobación del acta de la sesión del miércoles 23 en el que fue aprobado el proyecto de ley que crea los juzgados y tribunales especializados en violencia familiar. La propuesta original establecía crear órganos judiciales en el ámbito de violencia contra la mujer.

La senadora Lilian Samaniego (ANR, independiente), autora del proyecto de ley, solicitó, nota mediante, al presidente del Senado la nulidad de la sesión extraordinaria N° 104 de la Cámara de Senadores, convocada el 23 de abril a las 13:45, en la que se trató la creación de juzgados especializados. A su vez, advirtió de la falta de quorum para el tratamiento del punto N° 1 y posibilidad de que se concrete la ruptura del orden jurídico y constitucional.

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En el relato de los antecedentes, Samaniego menciona que en la sesión extraordinaria del Senado solo fueron esgrimidos argumentos a favor de la ratificación de la sanción inicial dada por el Senado, que se levantó por falta de quorum. Señala que, en una segunda convocatoria, incluyen como primer punto el tratamiento del proyecto de ley que crea tribunales y juzgados especializados en violencia dentro del grupo familiar.

Lilian Samaniego, muestra en una imagen que no existieron los 23 votos de los 45 senadores que se requerían para sancionar la ley que crea Tribunales y Juzgados especializados en violencia contra la mujer.
Lilian Samaniego, muestra en una imagen que no existieron los 23 votos de los 45 senadores que se requerían para sancionar la ley que crea Tribunales y Juzgados especializados en violencia contra la mujer.

La senadora sostiene que la sesión fue “irregular y violatoria de lo que establecen las normas constitucionales y reglamentarias, debido a que no ha contado con el quorum necesario al momento de iniciar la sesión y realizar la votación para el tratamiento del mencionado punto del orden del día establecido.

Refiere que el punto del orden del día fue llevado directamente a votación, sin debate alguno ni discusión que sostenga y validen los motivos por los cuales se aprobó la versión sancionada por la Cámara de Diputados.

Menciona que en el circuito cerrado se puede constatar que solamente estuvieron presentes en sala 22 senadores, pese a que Núñez registró 24 presencias, incluyendo las adyacencias de la sala de sesiones, sala de fumadores y baños.

Samaniego deja en claro que el registro de las tarjetas para contabilizar la asistencia en la sala, no es sinónimo de asegurar la presencia física para otorgar el quorum, porque puede que estén las tarjetas, pero no las personas.

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“Por ese motivo el presidente tiene la obligación de convocar a los senadores presentes en la sala a ocupar sus respectivas bancas para el momento de la votación, a los efectos de la verificación física de la presencia o no de los mismos y garantizar la legalidad del acto de votación”, menciona.

La senadora detalla cuales son los mecanismos de votación que menciona el reglamento interno del Senado sea nominal, levantando la mano y el registro electrónico. Menciona que el presidente del Senado pone a consideración del pleno la ratificación de la versión Senado, pero no se asegura de contabilizar el quorum correspondiente de 23 senadores de 45.

Cuestiona que la irregularidad haya quedado plasmada en el acta 44 y que incluya a los senadores Derlis Maidana y (ANR, HC) a Luis Pettengill (ANR, independiente), quienes no son vistos en las imágenes y, según la senadora Samaniego, no estaban presentes.

La sesión fue ilegal e inconstitucional, advierten

“La decisión tomada en la sesión extraordinaria, que consideramos una decisión nula, ilegal, inconstitucional y fraudulenta, afecta de manera significativa a la ciudadanía, porque deviene en la sanción de un proyecto debatido por espacio de 6 años, que cuenta con el apoyo de 14 instituciones del Estado y la Sociedad civil”, manifiesta en la nota a Núñez.

También menciona que la presentación del proyecto de ley sustenta la necesidad de contar con una herramienta para garantizar el acceso a la justicia de un sector de nuestra población que constituye más del 50 % de nuestra población total, y abordan una problemática como la violencia que cobra víctimas en forma casi diaria.

La senadora menciona que el pedido que antecede se fundamenta en las consideraciones fácticas y jurídicas que fueron expuestas y serán remitidas con copia a la Presidencia de la República, у la Corte Suprema de Justicia, en razón de que los hechos denunciados comprometen gravemente el estado de derecho y el funcionamiento de la Cámara de Senadores, y encaminan acciones concretas de pronunciamiento y repudio de la nulidad del acto pretendido.

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Añade que los órganos del Estado están obligados a prestar el auxilio constitucional y legal en favor de los senadores y senadoras afectadas, integrantes de distintas nucleaciones políticas, con la finalidad de garantizar el respeto a las reglas de juego democráticas, sin abuso de poder ni autoridad en el marco constitucional, legal y reglamentario que debe conducir las actuaciones en la Cámara de Senadores.

Señala que los parlamentarios deben regirse de acuerdo a las normas jurídicas que rigen en la materia, y cumplir con los requisitos de fondo y forma del Reglamento Interno, las leyes y nuestra Carta magna que, en su Artículo 137, De la Supremacía de la Constitución, dice que “Carecen de validez todas las disposiciones o actos de autoridad opuestos a lo establecido en esta Constitución” y en su CAPÍTULO I “DEL PODER LEGISLATIVO”- SECCIÓN I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES; Artículo 190: “DEL REGLAMENTO”

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