El proyecto de ley impulsado por 10 diputadas de todos los sectores políticos plantea la modificación de los artículos 2° y 3° de la Ley N° 5508/2015 “Promoción, protección de la maternidad y apoyo a la lactancia materna”. La norma propone equiparar de 12 a 18 semanas el permiso de maternidad que tienen las legisladoras y quienes ocupen cargos electivos con las trabajadoras del sector privado y públicos.
Actualmente, las mujeres que ocupan cargos electivos ya se rigen por la Ley N° 5344 que establece el reposo por maternidad. La norma establece que “toda mujer que ocupe cargo electivo tendrá derecho al reposo por maternidad hasta por 12 semanas, sin dejar de percibir el equivalente al salario que le corresponda”. La ley del 2014 señala además que la licencia por reposo de maternidad cesa automáticamente por reintegro de la titular.
Las mujeres trabajadoras del sector público y privado se rigen por la Ley 5508/2015 en su artículo N° 11 acerca del permiso de maternidad que establece que toda trabajadora tendrá derecho a acceder en forma plena al permiso de maternidad, sea cual fuere el tipo de prestación o contrato por el cual presta un servicio, por un período de 18 semanas ininterrumpidas (...).
Desde la comisión, explicaron que las diputadas proyectistas pretenden modificar la Ley 5508/2015 y no la que actualmente rige para las mujeres que ocupan cargos electivos. Mencionan que en la norma que pretenden modificar no solo se habla de permisos, sino de las remuneraciones, de cuánto cubrirá el empleado y el empleador, permisos de paternidad, inamovilidad y permiso por lactancia.
Los miembros del Tribunal Superior de Justicia Electoral, en su dictamen, dicen estar a favor del proyecto de ley. Sin embargo, el Ministerio del Trabajo manifiesta su preocupación porque al modificar la norma se preguntan que pasará con la inamovilidad después de cumplir un año del parto, en el caso de las mujeres que ocupan cargos electivos.
¿Qué dice la legislación comparada de Colombia?
La legislación comparada, en el caso de Colombia, menciona que en el caso de las que ocupan cargos electivos se debe proteger el derecho político de las mujeres, adecuar su reglamento interno y que siga percibiendo su remuneración.
El asesor de la comisión, Francisco Viveros, recomendó a los senadores modificar o rechazar la ley. Menciona que, si llegan a modificar será casi en su totalidad por lo que se votó por unanimidad recomendar el rechazo del proyecto de ley y presentar uno nuevo en un plazo promedio de 15 días.
El senador Eduardo Nakayama (PLRA) dijo que el interés superior del niño está por encima y que no es posible equiparar el permiso de maternidad de las parlamentarias con las trabajadoras del sector público y privado.
Mientras que el senador Ignacio Iramain (independiente) manifestó que sería interesante ver otras legislaciones porque tiene que ver con el sentido de la protección social, el derecho de los niños y mujeres, y no se debe ver como un privilegio, dijo.
Recordó que en el Uruguay los parlamentarios se jubilan con la caja general, no con una caja especial como tienen ellos, cual es el Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Poder Legislativo.