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La pérdida de investidura de Kattya González (PEN) generó debate en la ciudadanía y en el ámbito político por el proceso del libelo acusatorio y los pasos al que debía acceder la expulsada con la documentación de la acusación y posteriormente ejercer su defensa.
El caso se analiza desde varias aristas y en ABC TV, el ministro de la Corte Suprema de Justicia Víctor Ríos no opinó directamente sobre lo ocurrido en el Parlamento, pero sí dio varias precisiones. Entre ellas, que el Paraguay es un Estado constitucional de Derecho. “Todos los actos están sometidos al control constitucional”, afirmó.
Sobre la parte jurídica dijo que la doctrina indica “que el Poder Judicial no le puede decir al Parlamento: usted se equivocó en el reglamento, lo que debe hacer es que se respete la formalidad, el debido proceso y las garantias constitucionales”, resaltó. Agregó que cada situación es diferente y que se tiene que ver cómo se hicieron las presentaciones.
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Cortes Supremas, Tribunales Constitucionales y Salas Constitucionales del mundo hacen una lectura política, según Ríos
En otro momento habló de funciones de las Cortes Supremas, los Tribunales Constitucionales y Salas Constitucionales del mundo. “También hacen una lectura política de las situaciones porque estamos hablando de otro poder del Estado y la Constitución manda de que debe haber un recíproco control, independencia, coordinación y equilibrio”, destacó.
En cuanto al caso de Kattya, Ríos mencionó que es la Sala Constitucional de la Corte la que debe analizar la acción que llegue a presentar la exlegisladora. Explicó que esta Sala está compuesta por los ministros César Diesel (titular) y los miembros Gustavo Santander y él.
Solamente cuando un ministro-miembro de la Sala cree que es importante ampliar esta instancia con más ministros se procede a solicitar. “Eso depende de la Corte y con el argumento que la acción es de importancia institucional”, aseveró.
“Es grave que el Poder Judicial avance sobre la competencia del Congreso y del Poder Ejecutivo o al revés”, enfatizó.
Jueces deben hacer control de constitucionalidad
El punto del control de constitucionalidad se puso en relieve con la aplicación que hacen los jueces de Paz a la Ley 5.777 de Protección a la Mujer. Trayendo a colación los intentos de censura, como el que sufre la periodista Letizia Medina, que fue denunciada por la senadora Norma Aquino, tras un video en el que la legisladora se sintió aludida e invocó la Ley 5.777.
El artículo 26 de la Carta Magna garantiza la libertad de expresión y de prensa, así como la difusión del pensamiento y de la opinión sin censura.
“Este control deben hacerlo los jueces, si ven que se viola la Constitución, que se aplique la CN. El juez debe actuar de oficio si se violan derechos de las personas”, concluyó,