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“La ética y la moral lastimosamente chocan muchas veces contra la aplicación de las leyes, y cuando no hay leyes, queremos aplicar criterios que son subjetivos, que capaz lo que es moralmente correcto para vos no necesariamente sea correcto para todas las demás personas, es por eso que yo vuelvo a insistir: reglas claras, eso es lo que espera la ciudadanía”, dijo Santiago Peña al ser consultado sobre los casos de nepobabies y otros de presunto nepotismo que embarran a diputados y senadores de todos los colores.
Según Peña, no son suficientes las prohibiciones que ya están establecidas en: la Ley Nº 1626/2000 “de la Función Pública”; la Ley Nº 6622 “de racionalización del gasto público” y la Ley Nº 5295/2014 que “prohíbe el nepotismo en la función pública”, sino que hacen “falta más”, como la ley “del Servicio Civil”.
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“Yo creo que no hay incumplimiento de ley, creo que hay más que nada un problema ético y moral”, insistió el mandatario, refiriendo que según su parecer, el hecho de que legisladores nombren a sus cónyuges, hijos, hermanos y otros familiares en cargos directamente ligados a ellos, sin méritos y con sueldos de escándalo, es sólo ética y moralmente reprochable, no así penalmente.
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“Si hay alguien que cree que se ha incumplido alguna ley, pues existen los mecanismos. El Ministerio Público tiene la obligación de poder llevar adelante toda la investigación, pero hasta donde entiendo, no hay ninguna ley porque en realidad no hay leyes (sic). Es un problema de ausencia de leyes”, insistió el mandatario.
Justo ayer a la mañana se reunió con el vicepresidente de la República, Pedro Alliana, que hizo estallar el escándalo de los “nepobabies”, ya que su primogénita Montserrat Alliana Encina, con apenas 25 años y sin título universitario al momento de su designación, fue nombrada como “asesora” en Diputados con un salario de G. 18 millones.
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Peña dijo que habló con él pero no tocaron cuestiones “anecdóticas y personales”. Alliana afirmó que planificaron acciones de cara al importante desafío de “seguir mejorando la calidad de vida de todos los paraguayos”, algo que de momento solo goza su parentela.
Nepotismo: Peña dice que faltan leyes, pero podría matar una
En su intento de justificación de los casos de presunto nepotismo que existen en el Poder Legislativo, el presidente Santiago Peña alegó que “faltan más leyes” para evitar esos hechos. La realidad es que ya existen varias normas al respecto, pero son “letra muerta”. Y si en verdad piensa eso, él tiene en sus manos mantener con vida la ley contra el conflicto de intereses en la función pública.
“Hoy no hay una ley, así como semanas atrás hablábamos de la importancia de una Superintendencia que resguarde, que cuide la jubilación, no hay reglas (sobre el funcionariado público), lo que nosotros necesitamos son reglas”, afirmó ayer Peña.
Como pocas veces está en sus manos demostrar si el interés de transparencia y buena gestión del dinero de todos es real o solo un discurso, ya que debe definir si veta o promulga las cuestionadas reformas introducidas a la Ley Nº 7089/2023 que “establece el régimen de prevención, corrección y sanción de conflictos de intereses en la función pública”.
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Con dichas modificaciones el Congreso pretende aniquilar la ley, que entre otras cosas obliga a autoridades de los tres poderes a declarar o divulgar si sus familiares están ubicados en la función pública y con ello quedarán expuestos todos los casos de nepotismo.
Además, independientemente a esa ley, existen otras prohibiciones taxativas para casos de supuesto nepotismo tal como ocurre ahora en el Congreso. La más directa es la Ley Nº 5295 “Contra el nepotismo”, que establece que entre otras varias autoridades, los legisladores “quedan impedidos, dentro del ámbito de su competencia, a nombrar o contratar en cargos o empleos públicos a cónyuges, concubinos y parientes comprendidos hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, salvo que tales nombramientos, contrataciones o propuestas se efectúen en cumplimiento a las normas legales que regulan el acceso a la función pública”.
Además, la Ley de racionalización del gasto público (Nº 6622/2020), en su artículo 6º, sobre contratación y nombramiento de funcionarios y asesores, establece que “en ningún caso se podrá designar a un pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad (...) en el organismo o entidad del cual formen parte, sea en calidad de funcionario permanente, contratado o personal de confianza, que perciba una remuneración u honorario del presupuesto público. Exceptuase el ingreso logrado a través de un concurso público de oposición”.