Santiago pierde acción de inconstitucionalidad por reducción de royalties

Los ministros, César Diésel, Víctor Ríos y Alberto Martínez Simón rechazaron la acción de inconstitucionalidad planteada por el abogado Javier Paredes Caballero en representación de la Municipalidad de Santiago Misiones contra la Ley Nº 4841/2012 " Que establece los depósitos de la parte de los denominados Royalties y compensaciones en razón del territorio inundado. La normativa cuestionada incluye a más distritos entre los beneficiados con los royalties, por lo que disminuye el monto que recibe el municipio accionante.

Municipalidad de Santiago Misiones pierde acción de inconstitucionalidad planteada ante la CSJ.
Municipalidad de Santiago Misiones pierde acción de inconstitucionalidad planteada ante la CSJ.

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La acción de inconstitucionalidad fue presentada en el 2013, meses después de promulgada la Ley Nº 4841/2012 y recién a principio de noviembre de este año fue rechazada en razón que los ministros de la Sala Constitucional no encontraron indicios de que la ley impugnada por la Municipalidad de Santiago Misiones esté violando una norma constitucional.

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Al respecto el ministro preopinante César Diésel indicó “en primer lugar la compensación en razón del territorio inundado constituye una utilidad para los gobiernos paraguayo y argentino -y no para los municipios en particular-, abonada por la Entidad Binacional, por la utilización del potencial hidráulico del río Paraná para la producción de energía eléctrica”.

Agregó que; “su naturaleza jurídica no es en puridad la de una indemnización por los perjuicios ocasionados por la Binacional respecto de los territorios inundados por el embalse, por la crecida del río o por cualquier circunstancia derivada de su explotación; sino que es la contraprestación a la cual se haga una de las partes -Entidad Binacional Yacyretá- para corresponder a la explotación económica de bienes del dominio de la otra -Estados Contratantes.

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En el Acuerdo y Sentencia Nº564 del 1 de noviembre pasado, los ministros César Diésel, Víctor Ríos y Alberto Martínez Simón también agregan que no se puede desconocerse que la Constitución otorga al Congreso Nacional atribuciones financieras en lo referente a la distribución de los recursos del Estado como políticas estructurales y presupuestarias, incluso en lo que hace a los municipios; y como ejemplo de esta atribución tenemos la sanción de las sucesivas leyes de distribución de los royalties y las compensaciones, entre las que se halla la ley impugnada por la comuna misionera.

La municipalidad de Santiago Misiones, no es la primera que presentó una acción de inconstitucionalidad en el pasado también los jefes comunales de los departamentos de Ñeembucú, Alto Paraná, Canindeyú y Misiones lo hicieron pues alegaron que con la nueva legislación se reducía la distribución de los royalties en detrimento a sus territorios inundados.

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