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El proyecto modifica el artículo 420 de la Ley N° 1286/1998 “Código Procesal Penal” y fue presentado por los senadores Fernando Silva Facetti (PLRA, llanista), Desirée Masi (PDP) y los cartistas Antonio Barrios y Sergio Godoy.
Las modificaciones que los senadores buscan introducir pueden ser leídas en el cuadro comparativo que acompaña este texto (Ver más abajo). Y a simple vista se puede notar que la intención es modificar el límite de uso de dicha figura. Actualmente se permite usar ese artículo en casos cuya pena máxima sea de cinco años y la propuesta es que se eleve hasta la pena de 12 años.
<b>Vigente</b><br/> Ley Nº 1286 / CÓDIGO PROCESAL PENAL<br/> Artículo 420 | Proyecto de ley <br/> <b>Ley Nº 1286 / CÓDIGO PROCESAL PENAL <br/> Artículo 420</b> |
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PROCEDIMIENTO ABREVIADO | “PROCEDIMIENTO |
Blanqueados en forma “abreviada”
Entre los casos más infames, el Ministerio Público había solicitado la aplicación del procedimiento abreviado para Juan Pablo Jiménez Viveros (primo de Horacio Cartes) e Ilan Grinspun. Sin embargo, ambos lograron zafar de la cárcel (fueron condenados a 2 años de pena privativa de libertad por lavado de dinero en un caso en que era investigado también Darío Messer), pagando G. 10 millones cada uno en concepto de reparación del daño social.
Con la misma figura, el exfiscal Miguel Vera también fue sentenciado por cohecho pasivo a 2 años de prisión, pero con suspensión a prueba de la condena. Para no ir a la cárcel, debía donar G. 50 millones a entidades de beneficencia.
Anteriormente la figura fue usada por el exdiputado José María Ibañez (ANR). La Fiscalía se allanó a un pedido de la defensa de suspensión del procedimiento, alegando que el mismo ya reconoció el hecho y que busca “resarcir el daño” con la donación de un motor que cuesta G. 117 millones. El pedido fue aceptado por el juez interino Julián López.
En 2018 el diputado de Cordillera Nazario Rojas (ANR, Añetete) presentó un proyecto de ley en el que plantea que la figura de la suspensión condicional del procedimiento solo pueda concretarse previa condena. Con la modificación y ampliación del artículo 21 del Código Procesal Penal, Rojas pretende que casos similares al de su correligionario José María Ibáñez ya no terminen con una salida alternativa al proceso (sin antecedentes).