La resolución judicial, identificada como A.I. N° 708, fue dictada por la magistrada Silvia Carolina Cáceres Riveros en el marco de la causa penal N° 2999/2025. El hecho investigado ocurrió el pasado 20 de julio, alrededor de las 05:40, en el barrio Kennedy, a la altura del kilómetro 53 de la Variante Ruta II.
Según el acta de imputación del Ministerio Público, Garay Galeano, de 31 años, conducía un automóvil Nissan Bluebird y habría circulado en contramano por la banquina, impactando frontalmente contra la motocicleta guiada por Samuel Cabral Aquino, quien falleció de manera instantánea a causa del fuerte impacto.
El fiscal interviniente, Fernando Balbuena, formuló la imputación por homicidio culposo, tipificado en el artículo 107 del Código Penal Paraguayo. Asimismo, solicitó la aplicación de medidas alternativas a la prisión, alegando que el procesado colaboró con la causa y cumple con condiciones que descartan peligro de fuga u obstrucción.
Durante la audiencia de imposición de medidas, la defensa técnica de Garay expuso que el imputado posee un trabajo estable en una estación de servicios de Caacupé, domicilio fijo y un hijo menor a su cargo, elementos que reflejan arraigo suficiente.
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La jueza Cáceres Riveros valoró que la expectativa de pena no supera los cinco años y que corresponde, en este caso, optar por medidas menos gravosas a la prisión preventiva, bajo estricto control judicial.
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Condiciones para libertad ambulatoria
Entre las condiciones impuestas para acceder a la libertad ambulatoria, el imputado deberá:
- Presentar una fianza personal de G. 100.000.000 en un plazo de 72 horas.
- Residir en su domicilio declarado y comunicar cualquier cambio.
- Firmar mensualmente en sede judicial.
- Abstenerse de salir del país sin autorización judicial.
- No portar armas ni consumir bebidas alcohólicas o sustancias estupefacientes.
- Presentar certificados de vida y residencia, constancia laboral y partida de nacimiento de su hijo menor en el mismo plazo.
La resolución también aclara que cualquier incumplimiento de las condiciones impuestas derivará en la revocación inmediata de la libertad y la aplicación de la prisión preventiva.
Antecedentes de la tragedia
Samuel Cabral Aquino, de 38 años, era un conocido músico y trabajador de la zona. En la madrugada del domingo 20 de julio, se dirigía a su domicilio a bordo de su motocicleta cuando fue embestido por un automóvil guiado por Sebastián Garay Galeano que circulaba en contramano sobre la banquina, a la altura del kilómetro 53 de la Variante Ruta II, en el barrio Kennedy de Caacupé.
El impacto fue frontal y violento, provocando la muerte instantánea del motociclista.
Según testigos, el vehículo involucrado no realizó ninguna maniobra para evitar la colisión. El conductor fue retenido en el lugar por efectivos policiales que acudieron tras la alerta vecinal.
La situación generó conmoción en la ciudad y la familia del fallecido exige justicia.
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