El violento accidente protagonizado por Eugenio Sanabria Vierci ocurrió el 10 de noviembre del 2024 en la compañía Ciervo Cua de San Bernardino, en la Ecovía que conecta esa localidad veraniega con Luque, y dejó un saldo de cuatro fallecidos.
Tres de los infortunados eran integrantes de una familia: Osvaldo Darío Jacquet Valdez (39), su esposa, Kristin María Blumenröther (40), de nacionalidad alemana, y su hijo Philippe Jacquet, de apenas 2 años de edad.
La hija sobreviviente de la pareja sufrió graves heridas y tuvo que ser trasladada a Alemania junto a sus abuelos para continuar su etapa de recuperación.
<b>Lo que dice la acusación de la fiscalía</b>
Las acusación del Ministerio Público da cuenta de que Sanabria Vierci como conductor de la camioneta de la marca Volkswagen, Touareg, color azul marino, con matricula nº HAG 480 “invadió el carril opuesto a su sentido de circulación, obstruyendo así el desplazamiento lineal y preferencial del conductor del automóvil Kia Picanto y el conductor del Hyundai”.
“Así también se desplazaba a una velocidad no prudencial y reglamentaria conforme a las señalizaciones del lugar, es decir que el conductor se encontraba desarrollando una velocidad de 108 Km/h aproximadamente, superando ampliamente la máxima permitida para el sitio del suceso que es de 40Km/h, considerándose un desplazamiento imprudente y riesgoso que genera peligro para sí y para los demás usuarios de la vía, que finalmente ha desencadenado en la ocurrencia del presente hecho”, enfatiza la acusación.
Sigue señalando: “Igualmente, el hecho atribuido al acusado es antijurídico, debido a que la conducta demostrada no se encuentra amparada por causales válidas de justificación, como ser la legítima defensa, el estado de necesidad justificante o el cumplimiento de un deber”.
Para la fiscalía no existen dudas de la responsabilidad de Sanabria Vierci, “puesto que teniendo conocimiento de no realizar la acción prohibida, debió determinar su conducta y abstenerse de su realización, conforme a ese conocimiento, no existe ninguna circunstancia que permita suponer la ausencia de conocimiento, de que la misma le estaba prohibida, ni la ausencia de capacidad de conocimiento. Estando presentes los elementos antes mencionados, la conducta del acusado en consecuencia es punible”.
Merece ser castigado penalmente
El abogado Carlos Trapani, representante del querellante adhesivo Ceveriano Jacquet, indica en la acusación que todos los elementos colectados en la investigación “demuestran que la conducta del señor Eugenio María Sanabria Vierci, por constituir una acción imprudente y contraria al deber de cuidado —esto es, conducir en abierto incumplimiento de las normas que regulan el tránsito vehicular—, y que derivó en la muerte de las víctimas, configura el tipo penal de homicidio culposo, cuyo contenido fue vulnerado en múltiples oportunidades".
La acusación de la querella puntualiza que Sanabria incurrió en otro delito. “Asimismo, al haber conducido en la vía pública sin estar apto, debido a la ingestión de alcohol, incurrió en la figura penal de exposición al peligro en el tránsito terrestre”, refiere.
Añade que el acusado no tiene forma de eludir la responsabilidad. “Cabe destacar que al acusado no le resulta aplicable ninguna de las causales de justificación previstas en la ley penal, ya que, en modo alguno, podría sostenerse la existencia de una situación conflictiva, que, por sus circunstancias contextuales, racionalmente lo colocara, por caso, bajo el amparo de las categorías de la legítima defensa o del estado de necesidad”.
Sanabria Vierci actualmente cumple arresto domiciliario. Para la querella, los resultados de la investigación demuestran que merece ser castigado penalmente.
Tanto la fiscalía como la querella piden a la jueza de Cordillera Silvia Cáceres, que el caso se eleve a juicio oral y público.