Guardia investigado por matar a presunto ladrón: abogado explica por qué no hubo legítima defensa

El abogado Guillermo Duarte Cacavelos analizó el caso del guardia que enfrenta una querella tras causar la muerte de un presunto ladrón al dispararle durante una persecución. Sostuvo que la acción del guardia no está amparada por la legítima defensa, sino que se trata de un caso de homicidio doloso.

Presunto ladrón es abatido por guardia de seguridad tras intento de hurto.
Presunto ladrón es abatido por guardia de seguridad tras intento de hurto.

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El abogado Guillermo Duarte Cacavelos analizó el caso del guardia de seguridad Rigoberto Peralta, de 27 años, quien disparó y causó la muerte de Ramón Ayala Ferreira, un presunto ladrón con 22 antecedentes penales. Peralta fue querellado por homicidio luego de perseguir y disparar a Ayala, quien quedó inmóvil por una herida en la pierna y falleció en el lugar debido a un shock hipovolémico.

Cacavelos explicó que la acción de Peralta podría considerarse un homicidio doloso. “La figura objetiva de causar la muerte de otra persona implica la causación de ese resultado, lo que nos lleva a hablar de homicidio doloso”, afirmó Duarte Cacavelos.

El abogado detalló que, en este caso, se consideró que el guardia actuó de manera típica, representándose que su acción podría resultar en la muerte y, aun así, procedió. Esto sugiere, según Duarte Cacavelos, que Peralta actuó al menos con dolo directo de segundo grado.

No existió agresión en el momento del disparo

Cacavelos subrayó que para que se considere legítima defensa debe existir una agresión presente y en curso. Sin embargo, en el momento en que Ayala Ferreira comenzó a huir, ya no se podía considerar que Peralta estuviera bajo amenaza directa. “Cuando el ladrón huye, no se puede considerar una agresión”, enfatizó el abogado.

El análisis jurídico también incluyó la evaluación del uso del arma de fuego. Cacavelos explicó que, cuando una persona dispara un arma, dependiendo de su nivel de formación, se representa en mayor o menor medida la posibilidad de causar la muerte del otro. “La representación de causar la muerte de otra persona siempre está presente”, comentó.

Guardia puede aprehender y no matar

El abogado concluyó que el guardia de seguridad esencialmente debe evitar la agresión de los bienes y vida a la persona que le contrata. El problema está en que cuando una agresión ya haya concluido y el guardia actúa para hacer justicia por mano propia, que ya no tiene derecho. “Tiene permiso legal para hacer una aprehensión y no para matar”, dijo.

Resaltó la importancia de que los guardias de seguridad estén correctamente capacitados en el uso de armas y en la aplicación de la fuerza de manera proporcional.

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