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El juez penal de garantías Miguel Ángel Palacios rechazó, a través de su Sentencia Definitiva (SD) N° 69, el pedido de hábeas corpus genérico planteado por la hermana de Gregorio “Papo” Morales, Silvana Morales Macchi, a través del abogado Daniel Garcete.
La representación del enjuiciado por el homicidio de Robert Fabián Marín (23) fundó su pedido para que se le otorgue la garantía constitucional en que Papo Morales padece de la enfermedad neurodegenerativa de Parkinson, consistente en la muerte de neuronas o células nerviosas y que puede llegar a ser mortal, por complicaciones.
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Además, señaló que el procesado necesita tratamiento urgente y, en apoyo a esto, adjuntó los documentos médicos de las evaluaciones recientes a las que fue sometido Papo Morales, tanto en su reclusión en la penitenciaría de Villarrica (Guairá) como en Tacumbú.
En tal sentido, invocó el artículo 133, numeral 3, de la Constitución Nacional, que establece las condiciones para solicitar el habeas corpus genérico el cual puede interponerse “en casos de violencia física, psíquica o moral que agraven las condiciones de personas legalmente privadas de su libertad”.
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Juzgado pidió informes sobre salud de Gregorio “Papo” Morales
Al dar trámite al pedido de hábeas corpus genérico, el juez Miguel Palacios remitió oficios al neurólogo Dr. Francisco Duarte, quien inspeccionó a Gregorio “Papo” Morales en el penal de Villarrica, así como al médico forense del Poder Judicial Dr. René Morínigo, y también al asesor jurídico del Hospital de Trauma, abogado Óscar Arza Maldonado, donde estuvo internado Morales.
También se remitieron oficios al Tribunal de Sentencia de capital que tramita la causa “Gregorio Ramón Morales y Cinthia Ramona Ojeda Burgos s/ homicidio doloso, omisión de auxilio, omisión de aviso de un hecho punible y frustración de la persecución y ejecución penal” e igualmente al Tribunal de Sentencia de Guairá, a cargo de la jueza Elsi Ortiz, que entiende la causa “Ministerio Público c/Gregorio Ramón Morales Macchi s/ homicidio doloso en grado de tentativa, coacción grave y violación de la ley de armas en Borja”.
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Tras contar con los respectivos informes, el juez consideró que “la condición de legalidad en la privación de libertad del Gregorio Ramón Morales Macchi se halla patente, circunstancia que denota la inexistencia de los requisitos previstos en el artículo 133 de la C.N., y en el artículo 32 de inciso a la Ley 1.500/99 (reglamentaria del Habeas Corpus)”.
El magistrado de primera instancia observó también que “no se verifica ninguna restricción de libertad en forma ilegal ni amenaza de la seguridad personal de Gregorio Ramón Morales Macchi, ni casos de violencia física, psíquica o moral que no fueran atendidos por los Juzgados competentes”.
Es así que el juez concluyó que “el hábeas corpus genérico planteado por Silvana Morales Macchi no resulta idóneo para alterar las resoluciones jurisdiccionales debidamente reguladas”.
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Hoy prosigue juicio a Gregorio “Papo” Morales
Este lunes 2 de octubre prosigue el juicio por homicidio a Gregorio “Papo” Morales y a su pareja Cynthia Ojeda Burgos por omisión de auxilio, omisión de aviso de un hecho punible y frustración de la persecución y ejecución penal, luego de una serie de suspensiones la semana pasada debido a las condiciones de salud de Morales, que fue incluso internado en el Hospital de Trauma de Asunción.
En el mencionado nosocomio, el imputado fue sometido a una serie de estudios médicos y entre estos diagnósticos se le hizo una prueba de orina para la búsqueda de sustancias tóxicas.
Los resultados de la prueba al orín de Papo dieron “positivo para benzodiacepinas y cocaína”, cita el informe médico que está firmado por el Dr. David Samudio Villamayor, médico forense del Poder Judicial.
Asimismo, entre las observaciones que deja el forense resalta que se confirmó laboratorialmente el “consumo reciente de cocaína estando recluido en el Penal de Tacumbú”, mientras que el resultado positivo a benzodiacepinas responde a un tratamiento con alprazolam, sin poder precisar si la dosis se adecua a la indicada por el médico tratante.