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La jueza penal de garantías especializada en Crimen Organizado, Rosarito Montanía, mediante su AI N° 204, rechazó el requerimiento de pericia informática a los CD de las grabaciones de escuchas telefónicas, en carácter de anticipo jurisdiccional de prueba, planteado por la abogada Mirian Magdalena Barreto, defensora de Bruno Vicente Ciancio Amarilla, alias Viejito.
El pedido de la defensa se efectuó en el marco de la causa caratulada “Juan José Dubini Franco y otros s/ Ley 1881/2002 que modifica la Ley 1340″, en la que están detenidos e investigados Juan José Dubini Franco y su hijo Juan José Dubini Verdún, así como Alberto Julián Martínez Romero, alias Gordo, y Bruno Vicente Ciancio Amarilla.
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Los mismos aparecen vinculados al cargamento de 3.415 kilos de cocaína, hallados el 28 de julio de 2021, cargados entre bolsas de azúcar en un contenedor que se encontraba en un depósito de la zona norte de la ciudad de Fernando de la Mora, a cargo los Dubini.
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Escuchas ya estaban en la carpeta y nadie las cuestionó antes
La defensa solicitó realizar el peritaje informático a los CD que contienen las grabaciones de escuchas telefónicas, presentadas por la Unidad de Inteligencia Sensible de Antinarcóticos de la Policía. Para ello ofreció a la perito ingeniera en informática y electrónica Isabel Cañiza Gómez.
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En ese contexto estableció como puntos para la pericia la verificación de coincidencias de fecha y hora de grabación con la fecha y hora de ejecución de la sinopsis presentada; verificar si fueron o no sometidas a manipulaciones, determinar si los equipos utilizados para las escuchas son aptos para determinar o reconocer la voz.
El agente fiscal Osmar Segovia respondió el planteamiento hecho por la defensa y solicitó su rechazo, al exponer que las grabaciones de las escuchas se realizaron bajo autorización de orden judicial previa, con equipos técnicos y personal calificado de la SIU, además después se remitieron informes a la unidad fiscal y al juzgado que las autorizó.
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El agente de la Fiscalía señaló que se tienen otros medios de prueba conducentes a los audios que sindican a los imputados, por lo que si se llevare a cabo la pericia no modifica el hecho indagado.
Por su parte, la jueza Rosarito Montanía fue contundente al señalar que las escuchas fueron autorizadas judicialmente y sus resultados informados cronológicamente al cierre de cada periodo de interceptación y recalcó que las mismas están agregadas al expediente a disposición de las partes, sin que fueran impugnadas ni cuestionadas en su veracidad.
Investigación a supuesta red narco en el Caso Cali
El “Caso Cali” inició a partir de la incautación de 1.344 kilos de cocaína, por parte de agentes del SIU-Antinarcóticos de la Policía, el 23 de febrero de 2021, en la estancia “El Tigre”, ubicada en Agua Dulce, departamento de Alto Paraguay. Hasta 2017 perteneció al capo narco Jarvis Chimenes Pavão. Sin embargo, pasó a ser administrada por Waldimiro Ymas, hermano del fiscal Blas Imas.
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Eso dio pie al fiscal Eduardo Royg para indagar más a través de escuchas telefónicas, tras autorización judicial.
Así fueron identificados Juan José Dubini Franco, su hijo Juan José Dubini Verdún, los abogados Bruno Vicente Ciancio Amarilla, alias El viejito, y Alberto Julián Martínez Romero, alias Gordo, estos últimos señalados como los supuestos patrones. También el dirigente deportivo asesinado Mauricio Daniel Schuartzman Parnes (52), alias Vecino, como supuestos miembros de un grupo de narcotraficantes.
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Entre ellos, quienes más se comunicaban eran padre e hijo; pero no sin que antes Dubini Franco tenga aprobación de Ciancio y Martínez. Es decir, estos tres coordinaban los movimientos que ejecutaba Dubini Verdún en un depósito de Fernando de la Mora.