Desafíos del fraude sintético

La determinación conflictiva del sector financiero nos presenta aquel “injusto” que se constata a través del fraude de identidad “sintética”, es decir, aquella formalización criminal “técnica” que busca arremeter contra el sistema bancario, o fintechs, y/o emisores de créditos en general.

Agentes estafadores crean identidades: con datos personales reales sustraídos y los inventados para formar una identidad nueva sintética.
Agentes estafadores crean identidades: con datos personales reales sustraídos y los inventados para formar una identidad nueva sintética.GENTILEZA

Es que debemos examinar el problema contemporáneo que se ha instalado a causa del inevitable uso de la inteligencia artificial; pues bien, esto último posibilita la creación de “identidades” que resultan difíciles de revelar. En tal efecto, se vislumbra un “marcado” perjuicio económico a diversas personas físicas/jurídicas.

Así las cosas, no se puede ignorar el avance firme de la inteligencia artificial (IA), tal como ocupa el “deepfake”; y en torno a ello, la implicancia de aquellas identidades sintéticas que potencian las “estafas” que se sostienen en la IA para filtrar la identidad defraudada.

Concernientemente, abarcamos la idea sobre la evolución de la inteligencia, pues bien, todos estamos amparados en la tecnología, sea a través de diversas aplicaciones y/o contenidos digitales, para concebir la comodidad en las transacciones financieras. No obstante, hemos de considerar que con la evolución se conciben los tramos de especialidad que pueden llegar a ser mal utilizados, básicamente por los “ciberdelincuentes”, para concretar fraudes desde la clandestinidad y apoyados en los lineamientos virtuales. Así, el fraude generado por IA se perfecciona desde el uso de la “información” de identificación personal, propiciando la conexión con tarjetas de créditos, o cuentas digitales.

Dicho lo anterior, la defraudación financiera con IA puede ser posible desde diversos aspectos técnicos, como ocupa la denominada “apropiación” fraudulenta de cuentas (ATO) y creación de cuentas, que funciona mediante la habilidad de audios y videos de los usuarios; pues bien, a través de dicha determinación, el agente estafador elude la comprobación de identidad, logrando que las empresas de servicio transaccional caigan en error al momento de la verificación.

Todos los beneficios, en un solo lugar Descubrí donde te conviene comprar hoy

Es que la esencia de lo irregular se consolida cuando se extrae la imagen de un perfil social y luego se genera un apoyo desde la herramienta de deepfake o IA generativa. Posteriormente, se forja la inclusión de flujo de datos entre el usuario y el proveedor de servicios, que consolidan el engaño a los sistemas de autenticación.

Por consiguiente, el parámetro global también ha identificado la “falsificación” de documentos, en vista de que el agente estafador se apoya en documentos digitalizados, como ocurre con las plantillas de documentos en línea; y en dichas circunstancias, los agentes alteran los detalles con IA generativa (GenAI).

Subsiguientemente, se tiene el parámetro negativo del “fraude sintético” que es manipulado por los agentes estafadores para la creación de nuevas identidades, lo cual resulta de una combinación de aquellos datos personales reales sustraídos y los inventados para formar una identidad completamente nueva sintética. Así, la nueva identidad viabiliza la constitución de cuentas en bancos y/o empresas de tarjetas de crédito.

Entretanto, surge otro aspecto técnico que se traduce en el deepfake, que ronda principalmente en la esfera social, pues, busca engañar a conocidos familiares; pues bien, aplica sobre la base de “videos” o “audios” falsos, para engañar a los cercanos. Esta “táctica” también se reconoce como el secuestro virtual, porque el agente del injusto afirma el secuestro de un familiar y, para lograr engañar, reproduce un audio deepfake de la “voz” como prueba y luego pide un rescate.

De igual forma, se tiene al denominado relleno de credenciales para ATO, lo que implica la utilización de “inicios” de sesiones que fueron sustraídos por el agente, es decir, de aquellas cuentas que se han automatizado para su acceso, y cuya sustracción de contraseñas se tornó posible. Es por tanto que esta herramienta de IA puede habilitar listas de credenciales a partir de lo que serían las “fuentes” de datos, que, procura la efectividad del ataque desde la imitación precisa del comportamiento humano que motiva la sesión respectiva.

Algunos países han concebido esta realidad fraudulenta y, en tal sentido, se generaron actualizaciones normativas, tal como lo demostró los Estados Unidos de América, pues, en mayo de 2025, se adecuó la ley “el bipartito de herramientas” para buscar reprimir la explotación conocida por la movilización de los deepfakes tecnológicos en los sitios web. En dicha circunstancia, la disposición establece la prohibición a cualquier persona, de publicar sin consentimiento íntimo representaciones visuales de menores o adultos no consentidos, y de igual forma, requiere plataformas cubiertas incluidos sitios web públicos y aplicaciones móviles para establecer un proceso de notificación; y conforme a ello, la ley de downoff ocupa una ley federal que limita el uso de IA de manera ilícita.

En definitiva, el fraude basado en la inteligencia artificial puede llegar a concretar perjuicios fiscales o la disposición irregular de bienes de empresas, así como la repercusión sumamente negativa en la economía global. Por tanto, las “recomendaciones” internacionales se enfocan en contrastar el uso ofensivo de la IA, exponiendo el envite al mejoramiento de la configuración de “privacidad”, y/o el desarrollo perfeccionado de la autenticación multifactor (MFA) en todas las cuentas.

Ciberdelito

Con la evolución se conciben los tramos de especialidad que pueden llegar a ser mal utilizados por los llamados “ciberdelincuentes”.

Estafadores

Agentes estafadores crean identidades: con datos personales reales sustraídos y los inventados para formar una identidad nueva sintética.

(*) Docente Investigador de la Carrera de Derecho de la Universidad Americana. Doctor en Derecho. PosDoctor en Ciencias (PD Cs.) - Mención Investigación Científica. Magister en Ciencias Penales. X: @MatiasGarceteP

Enlace copiado