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De acuerdo a la resolución de sentencia, el senador encontrado culpable de cobro indebido de honorarios por el caso de la "niñera de oro", deberá ahora, por imposición judicial, abonar el monto mensual de G. 20 millones por el plazo de dos años, para restablecer la paz en la comunidad. Cada mes, el dinero será distribuido en distintos centros de beneficencia de todo el país, entre los que se citan la Asociación de ayuda al hogar de ancianos Santa María de la Encarnación, ubicado en la ciudad de Encarnación. A este lugar deberá donar G. 2 millones mensuales.
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Además, deberá prestar su ayuda a la Asociación Hijas de la caridad de San Vicente de Paúl, de la capital, la suma de G. 2 millones mensuales por dos años.
Otra de las entidades beneficiadas es la Asociación Síndrome de Down del Paraguay, que recibirá de Víctor Bogado también la suma de G. 2 millones mensuales. Recibirán igual respaldo económico el Centro de Apoyo para personas con discapacidad, de Itauguá, la Fundación Sagrada Familia, de Santa Rosa Misiones, el Hogar de Ancianos San Joaquín y Santa Ana, de Asunción, la Fundación Auxilio de los cristianos, de Asunción, el Hogar de ancianos Nuestra Señora de la Asunción, el Hogar de ancianas Santo Domingo, y la Asociación de Padres Nuestros Niños de la Unidad de Hematooncología del Hospital de Clínicas, de San Lorenzo.
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El documento hace constar que la obligación no supera las posibilidades del acusado, pues fue probado en juicio que al momento del hecho ocupaba el cargo de presidente de la Cámara de Diputado, y hoy es senador nacional, ambos los cargos mejores pagados en el país, menciona la sentencia.
Además, recordemos, Bogado fue condenado a la pena privativa de libertad de un año con suspensión de ejecución de condena.
En cuanto a las reglas de conducta que el senador deberá seguir, se detalla que el senador colorado no podrá cambiar de domicilio sin autorización del juez competente, tiene prohibido salir del país y deberá comparecer entre el 1 y el 5 de cada mes ante el Juzgado de Ejecución de Sentencia de Asunción.
El documento aclara también que si las obligaciones establecidas no son cumplidas, Bogado podrá ser juzgado por desacato, según dispone la ley Nº 4711.
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En cuanto a Gabriela Quintana, la “niñera de oro” deberá devolver íntegramente todo el dinero cobrado en Itaipú Binacional. Es decir el monto de G. 71.683.460, así como también el monto de G. 34.579.994 de lo percibido en concepto de condiciones de desvinculación por su despido sin causa de la Entidad Binacional.
Quintana deberá además presentar constancia de que la Itaipú haya recepcionado íntegramente los montos devueltos.
Como segunda obligación, Gabriela Quintana deberá pagar a la Cruz Roja Paraguaya la suma de G. 2 millones por el término de dos años.
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