Juez rechaza acción de Petrobras

Tal como se suponía, el juzgado no da lugar a la acción de amparo presentada por Petrobras en contra de decretos que conceden un monopolio parcial de combustibles a Petropar, la petrolera estatal.

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La resolución fue dada a conocer esta mañana. El juez Hugo Garcete decidió no hacer lugar a la acción de amparo constitucional promovida por el abogado Fernando Marecos, en representación de Petrobras Paraguay, contra el Poder Ejecutivo y el Ministerio de Industria y Comercio. Específicamente, la multinacional cuestionaba los decretos que conceden un monopolio parcial a favor de Petropar, tanto en la importación como en la comercialización de tres tipos de derivados de petróleo.

La acción de la petrolera brasileña se entabló contra los decretos Nº 2.999/15 y Nº 3.324/15, que dictó el Ejecutivo para salvar los despilfarros de Petropar, utilizando como pretexto que “son en favor de la gente”, aunque la realidad es exactamente lo contrario, ya que al fijar los precios por decreto, tanto para el gasoil común como para la nafta económica, la norma prohíbe a los emblemas vender por debajo de los valores establecidos en dichas normas.

Es más, la ciudadanía terminará pagando casi US$ 16 millones más al año por las cotizaciones fijadas por el decreto en la nafta económica, atendiendo a que el sector privado consigue hasta G. 300 por litro más barato, pero no puede comercializar a valores diferentes, mientras que en el gasoil común el sobrecosto orilla los US$ 20.640.000 al año, atendiendo que el sector privado vendía un gasoil de mayor calidad (500 ppm) al mismo precio que el común, de 1.300 ppm de Petropar, lo que induce a pensar que definitivamente la estatal puede rebajar al menos en G. 200 más por litro este carburante. No obstante, mantiene a G. 4.690 por litro cuando podría venderse a G. 4.490 por litro.

Al eliminar la competencia en el 50% del mercado con estos decretos, se prohíbe a la ciudadanía recibir combustibles a menores precios y de mejor calidad que los establecidos en las referidas normas atacadas de violar la Constitución Nacional.

Además de ser inconstitucional por transgredir varios artículos de nuestra Carta Magna, dichos decretos también violan otros numerosos artículos de la ley de Defensa de la Competencia, que tiene por objeto defender y promover la libre competencia en los mercados. Los actos contra la libre competencia quedan prohibidos y serán corregidos o castigados mediante los mecanismos y sanciones previstas en esta ley, dice el Art. 1, mientras que el Art. 2, numeral 1, agrega: “Todos los mercados estarán regidos por principios y reglas de libre competencia”.

Desde un primer momento se habló “en voz baja” en los pasillos de los Tribunales y en las carteras de Estado involucradas de que existía una fuerte presión para que el juez Garcete rechazara la acción presentada por Petrobras y, por ende, que actúe a favor del Poder Ejecutivo.

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