Cargando...
Seall recordó que ya realizó una argumentación en relación al debate en 2000, cuando se produjo una discusión sobre la inamovilidad de altos magistrados y consideró que estos deben ser reconfirmados en el cargo tras 5 años para contar con la inmovilidad.
Lea más: Plantean remover a dos ministros del TSJE
Explicó que el artículo 252 de la Constitución, que establece que “los magistrados que hubiesen sido confirmados por dos períodos siguientes al de su elección adquieren la inamovilidad en el cargo hasta el límite de edad establecido para los miembros de la Corte Suprema de Justicia”, es la regla general y, por tanto, se aplica también a los ministros.
A su criterio, recién con su segunda confirmación adquieren la inamovilidad, y no cuentan con la posibilidad de la reconducción tácita, sino que incluso deberían pasar por el concurso en el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) y luego volver a tener el acuerdo en el Senado.
Fue consultado con respecto a este planteamiento que realizan agrupaciones políticas como el Frente Guasu, que propondría la remoción de los ministros del TSJE Jaime Bestard (ANR) y María Elena Wapenka (independiente), atendiendo a que consideran que aún no son inamovibles en el cargo hasta que se tenga una segunda confirmación.
Comentó además que la propia legislación establece las únicas excepciones, como por ejemplo la del juicio político, ya que a diferencia de los magistrados comunes no pueden ser echados por decisión del JEM.
“Ahí es donde viene esa norma general que dice: 'Los magistrados serán inamovibles en estas condiciones', con una etapa gradual que tiene también su lógica, que ahora se ve como una cuestión crítica (por las presiones políticas sobre jueces), pero que es normal. La tuvieron todos los sistemas en una transición”, comentó Seall.
En ese sentido, ejemplificó el caso de la Alemania post nazi, donde no se podría barrer con los magistrados que estaban en el sistema judicial, sino que se les dio la chance de tener un primer periodo de prueba y, tras demostrar suficiencia, obtenían la inamovilidad.
Seall cuestiona el hecho de que la propia Corte Suprema de Justicia haya definido asuntos que incumben a su propio ejercicio. “A mí me parece es muy poco republicano que lo resuelvan los propios interesados”, indicó.