Corte restringe a Informconf

La Corte Suprema de Justicia revoca la autorización que había sido otorgada a la firma Informes Confidenciales (Informconf). De esta forma, la empresa privada ya no podrá acceder a detalles de procesos enmarcados en el ámbito judicial.

Este artículo tiene 12 años de antigüedad
/pf/resources/images/abc-placeholder.png?d=2291

Tras la sesión plenaria de este martes, la Corte resolvió denegar la solicitud de Informconf y revocar la autorización que fuera otorgada en su oportunidad a la firma.

En su veredicto, la Corte argumentó que el tipo de información solicitada se relaciona directamente con la esfera privada de las personas, en los términos de la Ley 1682/2001.

En base a la normativa mencionada, no es posible autorizar una recopilación de las demandas promovidas contra sujetos individualizados en su identidad.

Expresa que el deber institucional del Poder Judicial, de dar a conocer el nombre de las personas involucradas en controversias de derecho privado, colisiona con el derecho a la intimidad.

Todos los beneficios, en un solo lugar Descubrí donde te conviene comprar hoy

Amparándose en la legislación vigente, la Corte considera que no es posible otorgar la autorización para la recopilación de datos que permitan identificar a los sujetos que se ven involucrados en controversias de derecho privado patrimonial.

Indican que es el usuario privado del servicio de información de datos quien debe proporcionar y actualizar la información, no así el Poder Judicial, mientras que dicha información pertenezca a la esfera privada de las personas y no conste en los Registros de acceso público.

La autorización a Informconf fue concedida en el año 1993, mucho antes de la vigencia de las Leyes 1862/2001 y 1969/2002.

En consecuencia, según la Corte, la autorización concedida debe ser revocada, dado que dicha variación modifica las condiciones de la concesión y no pueden prevalecer por encima de la tutela de derechos de rango constitucional reglamentados con posterioridad.

Enlance copiado