Condenan a un hombre por no cumplir con su hijo

David Brítez fue condenado a la pena privativa de libertad de tres años y seis meses por incumplimiento del deber legal alimentario. El mismo adeudaba la suma de G. 12.750.000 de prestación a su hijo.

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El Tribunal de Sentencia de Coronel Oviedo, presidido por el juez Víctor Vera Valloud e integrado por los magistrados Julio César Solaeche y Ángel Fiandro Martínez, condenó a David Brítez a la pena privativa de libertad de 3 años y 6 meses por incumplimiento del deber legal alimentario

Según la investigación del fiscal  de Coronel Oviedo, Alejandrino Rodríguez, el caso se inició tras la denuncia formulada en su contra por su expareja; la justicia le ordenó pagar la suma de G. 250.000 mensuales a su hijo desde el mes de agosto del año 2011. Sin embargo, esta orden judicial nunca fue cumplida y el monto acumulado y adeudado llegó a la suma de G. 12.750.000.

Durante el proceso, la denunciante, quien trabaja como empleada doméstica, relató las penurias que sufrió teniendo en cuenta que el niño, actualmente de cinco años, debía recibir tratamiento médico. Según declaró la mujer, el condenado David Brítez ponía como condición, cada vez que debía abonar por la prestación alimentaria, que mantuviera relaciones sexuales con él. Además, constantemente sufría maltratos verbales por parte de Brítez.

Todos estos elementos fueron considerados por el Tribunal como agravantes del incumplimiento del pago en sí, por lo que la condena fue elevada a 3 años y 6 meses, a diferencia de otras penalidades, que llegaban a un máximo de 2 años de prisión.

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