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Los abogados Florencio Díaz Morales y Oscar Cazeneuve, defensores de Rumilda Giménez y Juana Bernal Maíz, respectivamente, plantearon ante la justicia la posibilidad de que las mujeres accedan a la libertad condicional, atendiendo al cumplimiento de dos tercios de sus condenas a cuatro años de prisión por asociación criminal, vinculada al secuestro de Luis Lindstron ocurrido en 2008, en calidad de apoyo logístico del autodenominado Ejército del Pueblo Paraguayo (EPP).
Si bien el fallo hace alusión a que ambas mujeres han cumplido efectivamente con el periodo señalado para acceder a la libertad condicional, el contexto actual en que el grupo criminal EPP mantiene secuestrado a Edelio Morígino y Abrahán Fehr, una eventual concesión de la libertad implicaría la posibilidad de que sigan operando como apoyo logístico, informó Perla Silguero, periodista de radio ABC Cardinal.
La jueza considera en su fallo que el hecho que a pesar no haber sido condenadas por el secuestro supieron formar parte de la estructura que cometió el secuestro del ganadero de Tacuatí, y no puede tomarse como un hecho aislado atendiendo a que los prófugos forman parte del núcleo principal que tiene como secuestrados a ambos ciudadanos.
“En el proceso tampoco se ha recuperado ni devuelto los montos que fueron pagados por la familia para la liberación, sumado a la relevancia social que tiene este tipo de delitos, por lo que la libertad condicional no corresponde y que no se otorga con el simple cumplimiento de las dos terceras partes”, refiere parte del escrito.
Ambas mujeres fueron condenadas en setiembre de 2015. Rumilda Estela Giménez González (29) a cuatro años y seis meses de prisión, y Juana Bernal Maíz (25) recibió cuatro años, al ser halladas culpables en un juicio en Concepción de haber integrado el ala logística del grupo criminal EPP, pena inferior a la solicitada por el Ministerio Público que fue de 15 años de pena privativa de libertad.