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Los cambios fueron impulsados por los diputados colorados cartistas, liberales llanistas, del Encuentro Nacional y del Frente Guasu, con el fin de abrir paso para la elección de la nueva mesa directiva, y así desplazar al diputado colorado disidente Hugo Velázquez, actual presidente de Diputados.
Con respecto al artículo 6 del reglamento, que antes establecía que cada periodo constitucional legislativo comprendería cinco periodos ordinarios de sesiones, dos periodos de sesiones preparatorias y las sesiones extraordinarias convocadas, las modificaciones indican que ahora se comprenderán cinco periodos de sesiones preparatorias, cinco periodos ordinarios de sesiones y las sesiones extraordinarias convocadas.
En cuanto al artículo 7 indicaba que los periodos de sesiones preparatorias tendrán lugar cuando corresponda el acto de incorporación de los diputados nacionales, el día 30 de junio del año de las elecciones de los mismos, entre el 6 y el 20 de diciembre del año que corresponda, luego de transcurridos 2 años y 6 meses de la incorporación de los diputados nacionales. Ahora, se decidió que los periodos de sesiones preparatorias tendrán lugar entre el 1 y el 30 de junio de cada año (esto permite que se cambie en este mes la mesa directiva).
En cuanto al artículo 28 establecía que el presidente y vicepresidentes durarán en sus funciones dos años y seis meses y podrán ser reelectos. El cambio de estos podría hacerse solo por el voto de dos tercios (53 legisladores). Ahora se determinó que estos dos cargos solo durarán hasta el 30 de junio del año siguiente al de su elección, y podrán ser reelectos. Omite la cantidad de votos necesarios para sustituirlos, por ende, se asume que será solo por mayoría simple (41). Los cambios fueron impulsados por 44 diputados.
En cuanto a los secretarios parlamentarios, que se establecía en el artículo 32, estos durarán en sus funciones lo mismo que el presidente y vicepresidentes, que será de un año con posibilidad de reelección, y no dos años y medio como establecía el artículo 28.
Con respecto al artículo 177 hablaba de que los miembros de las comisiones permanentes durarán en sus funciones el mismo periodo que se otorga a la mesa directiva y podrán ser removidos por mayoría de dos tercios., Ahora, el cambio indica que los miembros de las comisiones permanentes durarán todo el periodo anual para el cual han sido designados, y podrán ser reelectos. También se necesitarán solo mayoría simple para cambiarlos.
En todas las votaciones realizadas, como se mencionó anteriormente, la diferencia de votos fue siempre de 44 contra 34. De esa manera se realizó un cambio a la medida de la cantidad de legisladores que responden al cartismo para cambiar a Hugo Velázquez y los vicepresidentes.