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El profesional argumentó que la sentencia aplicada a sus defendidos, Pabla Mieres, como Gustavo Duré, Cibar Insfrán, José Alonso y José Szwako, tiene errores básicos. Según el profesional, varios de sus defendidos fueron juzgados por un delito y finalmente condenados por otro, en el caso específico de Alonso y Duré expresó.
Duarte aclaró que ha presentado dos escritos uno para Mieres y el restante para los demás sentenciados, y arremetió nuevamente contra los miembros del Tribunal de Sentencia que hizo alusión al dolo en que incurrieron los procesados, “limitándose solamente al análisis de documentos de entre 2009 hasta 2010, el tribunal se vio superado por este caso”, criticó.
El profesional mencionó de igual manera que la instancia judicial aplicó con un criterio contradictorio el artículo 16 del Código Penal, que se aplica cuando una persona en representación de una persona jurídica ocasiona algún daño a otra. “En este caso la persona jurídica que sería la Cajubi sería victimaria y no víctima como se la consideró a lo largo del proceso; es un error básico y no resiste al menor análisis”, dijo.
Mierez, Szwako y Alonso recibieron fueron condenados a 8 años de cárcel, mientras que la mujer fue beneficiada con arresto domiciliario por ser mayor de edad en tanto que Insfrán recibió 4 años de cárcel y Gustavo Duré, 3 años. La prisión para los acusados fue ratificada por el Tribunal de Apelación.
El tribunal de sentencia, integrado con las juezas Mesalina Fernández, Rosarito Montanía y Esther Fleitas, constató un daño patrimonial de US$ 48 millones, mientras que para la querella, el perjuicio directo ocasionado a la Cajubi con las supuestas inversiones en firmas “fantasma” del extranjero, fue de US$ 70 millones. La cifra, con los intereses, ascendería a unos US$ 120 millones.