Productor sojero será juzgado por presunta violación de leyes ambientales en Gral. Eugenio A. Garay

Parcela de soja, fotografía de esta semana, en el Alto Paraná, que muestra un color verde muy esperanzador que proyecta hasta ahora una buena producción, pero no hay garantía hasta que el grano llegue al silo.
Productor sojero irá a juicio por delitos ambientales en Eugenio A. Garay. Foto ilustrativa.

El agricultor brasileño José Carlos Casagrande enfrentará un juicio oral a partir del 4 de diciembre por presuntamente incumplir medidas de mitigación de impacto ambiental y explotar unas 11 hectáreas de soja sin contar con la licencia ambiental correspondiente, pese a la vigencia de una ordenanza municipal que prohíbe este tipo de cultivos en el distrito de Gral. Eugenio A. Garay. La acusación surge tras denuncias de pobladores que se oponen al uso de agroquímicos en la zona.

El productor sojero de nacionalidad brasileña, José Carlos Casagrande, irá a juicio oral y público acusado por incumplimiento de medidas de mitigación de impacto ambiental y explotación agrícola sin contar con Evaluación de Impacto Ambiental (EIA). La fecha fue fijada para el próximo 4 de diciembre, tras una investigación iniciada a raíz de protestas de vecinos que denunciaron el uso de agroquímicos en cultivos ocultos entre parcelas de caña de azúcar.

El fiscal Érico Ávalos, entonces asignado a la Unidad Especializada de Delitos Ambientales, presentó la acusación formal contra el agricultor, señalando que operaba sin permisos municipales y sin la licencia ambiental exigida por el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (Mades).

Los pobladores de las compañías Potrero Ybaté y Palmito habían denunciado ante la Comisaría N° 17 y la Junta Municipal que Casagrande estaba cultivando soja utilizando agroquímicos, pese a que una ordenanza municipal vigente prohíbe los emprendimientos agrícolas mecanizados con uso de productos tóxicos.

Tras la presión vecinal, el agricultor intentó asegurar la continuidad de sus actividades mediante una acción de amparo, alegando que contaba con autorización del Mades y que la prohibición municipal afectaba su derecho al trabajo y a explotar la propiedad que tenía alquilada.

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Pobladores de Garay alertaron sobre el cultivo irregular.
Pobladores de Garay alertaron sobre el cultivo irregular.

Sin embargo, el juez penal Julio César Alfonso Vera rechazó el amparo, argumentando que la resolución municipal 11/2023, que prohíbe el uso de agroquímicos en todo el distrito, se encuentra plenamente vigente y forma parte de las facultades de autonomía normativa de la comuna.

En su fallo, el magistrado resaltó que el permiso del Mades no puede contradecir disposiciones municipales y recordó que la propia autorización ambiental entregada al productor establece que no exime del cumplimiento de ordenanzas locales ni de la responsabilidad por daños a terceros.

Tras la apertura de la causa penal, el fiscal Ávalos determinó que Casagrande realizó la preparación del suelo y la plantación de soja sin ningún tipo de documentación administrativa. Durante una verificación realizada el 28 de octubre de 2024, ya se observaban cultivos avanzados en aproximadamente 11 hectáreas.

Posteriormente, el 5 de noviembre de 2024, un allanamiento fiscal-ambiental constató nuevamente la existencia de plantaciones y trabajos mecanizados en la zona, confirmando que el agricultor había ignorado la orden de suspensión emitida por la municipalidad.

Fachada del Palacio de Justicia de Villarrica.
Fachada del Palacio de Justicia de Villarrica.

Según los documentos, el intendente Walter Troche manifestó que Casagrande nunca solicitó permiso para desarrollar cultivos extensivos, y que la comuna mantiene su postura firme contra los emprendimientos que impliquen fumigaciones o uso intensivo de agroquímicos cerca de las comunidades rurales.

La acusación fiscal también hace referencia al “dolo” en la conducta del agricultor, señalando que conocía la normativa vigente y aun así decidió avanzar con los cultivos, en abierta violación a las medidas de mitigación y a las leyes ambientales.

Uno de los puntos más sólidos en la acusación es el hecho de que la Evaluación de Impacto Ambiental, obligatoria para cualquier emprendimiento agrícola mecanizado, nunca fue gestionada por el productor, según consta en los documentos remitidos por el Mades.

Los pobladores aseguran que, además de infringir la normativa, Casagrande habría ocultado parte del cultivo entre parcelas de caña de azúcar con el fin de dificultar la detección de las irregularidades.

Finalmente, tras considerar agotada la investigación, el Ministerio Público solicitó la elevación de la causa a juicio oral, donde buscará demostrar la comisión de los hechos punibles tipificados en la Ley 716/96 y la Ley 294/93 de Evaluación de Impacto Ambiental.