La Municipalidad de Caapucú prohibió que se realicen fiestas privadas de Halloween en ese distrito porque, según su resolución, representa costumbres “contrarias a la formación moral y religiosa” y la “identidad cristiana” del distrito. Anunció que habrá controles de la Policía Municipal y la Comisaría local el 30 y 31 de octubre.
La abogada Alejandra Peralta Merlo, especialista en Derechos Humanos, cuestionó dicha resolución. Recordó que “nadie está por encima de la Constitución Nacional (CN). Ni los intendentes, ni el Presidente. Nadie”.
En esa línea, explicó que si bien los municipios tienen autonomía política y administrativa, “nunca por encima de la CN”, pues indicó que nuestro país es un Estado unitario, indivisible y descentralizado.
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Restricción a libertades fundamentales
Según Peralta Merlo, la decisión de la Comuna de Caapucú vulnera derechos fundamentales. “Las fiestas de Halloween son expresiones culturales y reuniones sociales. Prohibirlas equivaldría a censurar una manifestación cultural no política, similar a vetar Navidad o Carnaval”, afirmó.
La abogada subrayó que esta medida atenta contra la libertad de expresión (art. 26 de la CN y art. 13 de la Convención Americana) y la libertad religiosa o de culto, ya que Halloween “no es propiamente una cultura religiosa”.
“Nos guste o no, somos un Estado aconfesional y se deben respetar todas las culturas, incluso las paganas”, agregó.
Falta de proporcionalidad y arbitrariedad
Peralta Merlo explicó que toda restricción a derechos debe cumplir con el principio de proporcionalidad; es decir, ser “necesaria, adecuada y proporcional a un fin legítimo”.
Una prohibición total por motivos morales o religiosos, según dijo, “no pasa este test y, por lo tanto, es arbitraria”.
“Lo único que promueve este tipo de acciones por parte de nuestras autoridades es fomentar el odio y la discriminación entre paraguayos. Los grupos religiosos versus los grupos que celebran fiestas paganas”, advirtió la abogada.
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Mencionó como antecedente la resolución de Encarnación que se declaró “ciudad pro vida” y señaló que estas decisiones también generan discriminación hacia el colectivo LGBTIQ+. “Debemos caminar hacia una cultura de tolerancia. Donde respetemos derechos humanos fundamentales y reconozcamos la soberanía de la CN”, enfatizó.
Qué pueden hacer los organizadores
Ante la consulta sobre posibles acciones legales, Peralta Merlo indicó que “se puede plantear una acción de amparo contra esta resolución para garantizar los derechos humanos violados en ella”.
Precisó que la acción se pueden plantear ante cualquier Juzgado de primera instancia. Incluso, indicó que esta medida contra dicha resolución comunal ya puede ser presentada previo a los controles.
