El juez penal de garantías Especializado en Delitos Económicos, Rodrigo Estigarribia, por Auto Interlocutorio (AI) N° 258 decretó la suspensión condicional del procedimiento por un año para la exdirectora General de Gestión y Reducción de Riesgos de la Municipalidad de Asunción, Nidia Rosa López de González, quien fue procesada por lesión de confianza y asociación criminal, en el marco del caso “detergentes de oro”.
Así también, el magistrado impuso otras reglas más para Nidia López, como que deberá comunicar el cambio de domicilio y su salida del país al Juzgado Penal de Ejecución; igualmente deberá comparacer en forma trimestral al juzgado para firmar el libro de comparecencias.
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Por otra parte, le fue impuesta la obligación de pagar en concepto de reparación del daño la suma de G. 200.000.000, la cual deberá depositarla en una cuenta corriente a nombre de la Municipalidad de Asunción. Luego, deberá acercarse a la Tesorería de la comuna con la boleta de depósito para registrar el ingreso.
En tanto que, como reparación del daño social el juez Rodrigo Estigarribia estableció la obligación para Nidia López, de pagar la suma total de G. 15.000.000, al equipo responsable de las festividades de homenaje a la Virgen de los Milagros, de Caacupé, que deberá hacerlo en un solo pago.
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Juzgado valoró sometimiento al proceso
El magistrado, al momento de realizar su análisis del caso, durante la audiencia preliminar sustanciada el 22 de septiembre, señaló de acuerdo con lo expuesto por la Fiscalía, Nidia López no tiene antecedentes, lo que evidencia una vida ajustada al ordenamiento jurídico.
Además, la conducta que se le atribuye no presenta elementos de peligrosidad ni reincidencia, y la pena esperable, conforme a la calificación provisoria de los hechos, no superaría los dos años de privación de libertad. Todo esto favoreció a la encausada para la aplicación de la salida procesal.
A ello se suma que, tras haber valorado el reproche y considerarlo reducido, también se tuvo en cuenta que de la propia procesada provino el ofrecimiento de pago de la suma de G. 200.000.000, a la Municipalidad de Asunción, y la predisposición de la encausada a sujetarse a reglas de conducta.
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Exdirectora tuvo poca participación en compra de “detergentes de oro”
Los datos señalados por el Ministerio Público en su pedido de suspensión condicional del procedimiento, refieren que Nidia López fue designada como Directora General de Gestión y Reducción de Riesgos de la Municipalidad de Asunción, por resoluciones firmadas por el entonces intendente de Asunción, Óscar “Nenecho” Rodrgíguez, en 2019.
Durante la investigación se observó en documentaciones requeridas a la Comuna capitalina y remitidas por esta, que Nidia López firmó varias de ellas. Sin embargo, quien “impartía todas las directrices en la DGGRRD era el entonces director administrativo, el Lic. Edgar Estigarribia, no así la señora Nidia López”.
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Es más, los agentes fiscales exponen que López “en un momento de la pandemia también enfermó de covid-19, estuvo más de un mes de reposo, y según manifestaciones, la misma casi no acudía a la sede de la DGGRRD”. Por lo que, Estigarribia era quien acompañaba las sesiones del Concejo de Gestión de Riesgos, entregaba o solicitaba a sus funcionarios la entrega de informes, ya elaborados, al Comité de Evaluación de Ofertas para que sus miembros los firmen solamente.
Así también, según el Ministerio Público, fue Édgar Estigarribia quien “en oportunidades simuló la recepción de los supuestos productos franceses, firmaba los cheques para los pagos a proveedores, quedó como director general interino de la DGGRRD, entre otras funciones que realizó”.
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Declaraciones arrojaron responsabilidad sobre directivo
La encausada Nathalia Brítez Carrera, reforzó la participación de Estigarribia, al declarar que “cuando las empresas llevaban los productos a la sede de la DGGRRD y no había ninguna persona que pueda recibir estos productos el señor Edgar Estigarribia me daba la orden de recepcionar estos productos, me entregaba la llave del depósito para que luego de recibir los guardara ahí”.
La funcionaria también manifestó “el único documento que tenía a la vista al momento de recepcionar los productos eran las notas de remisión que llevaban las empresas, estas notas ya venían completas, yo controlaba que coincida la cantidad mencionada en las notas con la cantidad entregadas en el momento, nunca tuve acceso al pliego de bases y condiciones, a los contratos, a las solicitudes hechas a los proveedores, tampoco sabía que características debían contener estos productos ni la marca de los productos estipulados en los contratos”.
Otra funcionaria que, María Digna Méndez, declaró en su momento que “el señor Edgar Estigarribia le dijo y autorizó a proveer productos por el monto adjudicado en el contrato, no refirió que los productos tenían que ser de alguna marca específica o que tenían que cumplir con alguna especificación técnica, contribuyendo así a que no se pueda dar cumplimiento del contrato”.
Empresa “mimada” de la comuna de Nenecho
En marzo de 2020, pleno periodo de pandemia, la Dirección General de Gestión y Reducción de Riesgos de Desastres (DGGRRD), dependiente de la Municipalidad de Asunción, realizó un llamado para la “Adquisición de artículos de limpieza para desinfección en prevención virus COVID-19 (coronavirus)”. En julio de ese mismo año se hizo una nueva convocatoria.
En ambos llamados resultó adjudicada la empresa “DFR SA”, junto con Cova de Juan Rodríguez y Bastian Comercial de María Victoria Cano Torres. Llamativamente, la primera fue adjudicada con el 50% en cada llamado, mientras que las otras dos, con el 30% y el 20%, respectivamente.
Se debe recordar que la firma “DFR SA”, estaba integrada por los asociados acusado David Fernández Rachid y Agustín Fernández, y también por Miguel Lisboa, quien tiene pedido de suspensión condicional del procedimiento.
En los llamados para los contratos N° 12/2020 y N° 16/2020, intervinieron Miguel Lisboa y David Fernández, respectivamente, como representantes legales de la “DFR SA”. Mientras que para el cobro de los cheques por la provisión -incompleta, cabe decirlo- de los productos como detergentes y toallitas, actuaron David y Agustín. Así el monto del perjuicio por parte de estos asciende a G. 614.616.750.
En su acusación, los fiscales sostienen que el municipio capitalino sufrió un daño patrimonial de G. 1.284.878.500 en el 2020, entre los que se incluye el daño causado por DFR SA; y por G. 524.077.500 en el año 2021, totalizando la suma de G. 1.808.956.000, que salió del Fondo Nacional de Emergencia.