Con el voto en mayoría de los jueces Mario García y Víctor Alfieri, el Tribunal de Sentencia condenó a 5 años y 6 meses de cárcel al suboficial 2° de Policía Ramón Agustín Domínguez Méndez, por el hecho de violencia familiar, tras quedar probado en juicio oral que el agente sometió de forma sistemática a violencia psicológica a su pareja, quien presentó la denuncia contra el uniformado en octubre de 2023.
En los alegatos finales la fiscala Fátima Villasboa había solicitado una condena a 7 años de cárcel; mientras que la querellante, representada por la defensora pública Abg. Antonella Saint Paul, pidió la pena máxima de 8 años de prisión, pero los miembros titulares del colegiado de sentencia tomaron como atenuante que el efectivo policial es un persona joven, sin antecedentes penales y que puede formar una familia.
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Por su parte la presidenta del Tribunal de Sentencia, jueza Olga Ruiz, votó en minoría por aplicar una condena de 2 años y seis meses, con el argumento que el hecho punible probado en juicio es el establecido en el Art. 229 inciso 1° del Código Penal, modificado por la Ley 6934/22 Art. 1° numeral 1.
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Al respecto, los magistrados que votaron en mayoría por la condena a 5 años y 6 meses de pena privativa de libertad, tomaron como agravante que la violencia psicológica fue cometida en presencia de niños y ocurrió en el domicilio común de la pareja.
El suboficial 2° de la Policía Nacional seguirá con medidas alternativas a la prisión, hasta tanto quede firme la presente sentencia.
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Sometió a su pareja a violencia psicológica
Para el Tribunal de Sentencia quedó probado que el 1 de octubre a las 4:30 el policía Ramón Domínguez maltrató psicológica y físicamente a su pareja. El agente había llegado a la casa, luego de haber consumido bebidas alcohólicas, y exigió a su concubina mantener relaciones sexuales, a lo que ella se negó.
Ante la negativa de la mujer, el hombre la golpeó primeramente con almohadas, luego le arrojó un edredón y posteriormente, le propinó golpes con la mano abierta por la cabeza. Después de eso, el policía se arrojó sobre ella, la tomó de uno de los brazos y la manoseó en sus partes íntimas. Tras lograr zafar, la mujer corrió al baño donde se encerró al sentirse asqueada por la situación, según lo resaltado por fiscalía en los alegatos finales.

Desde el baño, la mujer le advirtió gritando que lo iba a denunciar. Domínguez respondió: “32 años tengo, vos no sos mi mamá, vos no sos mi dueña, que te importa”. “¡Cómo me vas a denunciar! ¿ehh?, ¿alguna vez viste algún policía preso?”, “la policía tiene inmunidad, acaso están presos Burgos? Irrazabal? -en referencia a otros agentes procesados por el mismo hecho punible- se van a reír de vos todos locaaa, locaaa...”.
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En la mañana de ese mismo día, la mujer acudió al Hospital Materno Infantil de Loma Pytã, debido a que sintió un fuerte dolor en el pecho; de ahí la derivaron al Hospital San Jorge tras sufrir una crisis hipertensiva, diagnosticada por los médicos de guardia. La presión arterial de la misma era de 16/10 por motivo emocional.
Amenaza contra familiares de su pareja
El 11 de octubre, producto de la denuncia hecha por la mujer, el Juzgado de Paz de Zeballos Cué, a cargo de la jueza Lourdes Piñeiro, dispuso medidas de seguridad para ella. Este hecho provocó el enojo de Ramón Domínguez, quien fue y amenazó de muerte a toda la familia de su concubina. Por esta razón, también el padre de la víctima radicó su denuncia ante la Policía y el 19 de octubre, la jueza Gloria Machuca dispuso medidas de protección a favor de la madre y hermano de la víctima.
En ese aspecto, el padre de la mujer expuso en juicio la amenaza: “Ramón tiene una bala para cada integrante de la familia” y que desde ese día “su paz terminó y que teme por la seguridad e integridad de su familia, por lo que toma todos los recaudos para cuidar a su hija, incluso él la acompaña a la parada de colectivo”.
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Así también, el 17 de octubre, según señaló la Fiscalía en sus alegatos, la víctima tuvo otra crisis hipertensiva debido a que tomó conocimiento de que Domínguez se había valido de otras personas para retirar los mojones y el tejido que dividía el predio de la casa de la pareja con el de los padres del agente policial.
La fiscala Fátima Villasboa citó un informe de la Dirección General de Talento Humano de la Policía -producido en juicio como prueba- a través del cual se hizo constar que el Sub. Crio. Adolfo Javier Insfrán Orihuela prestaba servicios en el Departamento de Informática de la Policía, y de quien Ramón Domínguez era subalterno desde el 14 de julio de 2023.

Es así que, el 20 de octubre, el subcomisario Insfrán, sin orden de trabajo ni pedido del Ministerio Público, fue hasta el domicilio de la mujer en un auto Hyundai Accent con placa AADD 029, para supuestamente trasladarla hasta la sede fiscal de Villasboa para que preste declaración. Sin embargo, la fiscala explicó que había contactado con la víctima, la noche anterior, vía telefónica, para que declare, pero por medios telemáticos, por lo que no había necesidad de que sea trasladada.