La medida cautelar firmada por el juez penal de Garantías Especializado en Crimen Organizado Osmar Legal, se dictó en el marco de la solicitud de Asistencia Jurídica Internacional en Materia Penal formulada por la Procuración General de la Nación de la República Argentina. La petición fue realizada por el fiscal federal Sebastián L. Basso, en la investigación del atentado contra la sede de la Asociación Mutual Israelita Argentina (AMIA), ocurrido en julio del 1994 en Buenos Aires y que dejó 85 muertos.

La petición de las autoridades argentinas tiene el propósito de bloquear los bienes a nombre de Hussein Mounir Mouzannar y Abdallahh Salman y se aplicó por primera vez en el año 2023, por el entonces juez Gustavo Amarilla, actual miembro del Tribunal de Apelación.
En la época, la defensa de Maunir Mouzannar, quien tiene cédula paraguaya y residía en Ciudad del Este, presentó un escrito a través del cual deslindaba responsabilidad en el ataque terrorista y solicitaba el levantamiento de las medidas.
Lea más: Caso AMIA: defensa de principal libanés buscado pide cese de congelamiento de bienes
A través del auto interlocutorio (AI) N° 183 de fecha 19 de mayo de 2024, a solicitud de los fiscales Federico Delfino y Francisco Cabrera, el juzgado ratificó la inhibición de vender y gravar bienes en contra de los ciudadanos libaneses mencionados. Esta medida afectó el patrimonio de las firmas Agrogado S.A, Polo Modas S.A., Agroganadera Santa Felicidad S.A.y Flor de Lis S.A., donde los mismos contaban con acciones.
Todos los beneficios, en un solo lugar Descubrí donde te conviene comprar hoy
Pedido de levantamiento parcial de medidas en el caso AMIA
Recientemente, los empresarios Ali Abdul Hussein Fahs, Moussa Ali Hijazi, Ali Ahmad Hijazi y Mohamad Ahmad Hijazi en representación de las firmas Agrogado S.A, Polo Modas S.A., y Flor de Lis S.A. solicitaron el levantamiento parcial de la medida cautelar de carácter real decretada sobre las citadas firmas, tras señalar que nada tienen que ver con los hechos investigados en el vecino país.
En su presentación, los recurrentes alegan que los investigados no son propietarios de la totalidad de las acciones y que ellos ni siquiera fueron notificados de la medida impuesta, de la que se enteraron cuando se vieron impedidos de concluir una operación de transferencia de tres inmuebles del distrito de Yby Pytá, Canindeyú, pertenecientes a la empresa Agrogado S.A., iniciada en el 2021.

“(...) también fueron congeladas todas las cuentas bancarias de las respectivas firmas, no pudiendo de esa manera, cumplir con los trámites de los pagos y transferencia de inmuebles ya vendidos con anterioridad al conocimiento de la medida judicial”, explica la presentación, que detalla la división del paquete accionario de las empresas afectadas.
“Esta situación nos causa un gravamen absoluto, debido a que no podemos disponer de lo que lícitamente nos corresponde, ya que la inhibición general de vender y gravar, es con relación a la totalidad de las tres empresas, las cuales como hemos explicado, somos accionistas, teniendo actualmente la administración de las mismas la Senabico por disposición judicial, aunque en la practica, es de cumplimiento imposible ya que nunca se realizó dicha administración judicial”, explican los empresarios.
Lea más: Caso AMIA: Senabico se prepara para administrar bienes de libaneses ligados al atentado terrorista
Las medidas decretadas por el juzgado
“De la relación fáctica citada por las autoridadesjurisdiccionales de la Republica Argentina, no se cita a los Sres. Ali Abdul Hussein Fahs, Moussa Ali Hijazi, Ali Ahmad Hijazi y Mohamad Ahmad Hijazi como personas investigadas en los hechos referidos, por lo que al no encontrarse los mismos en calidad de investigados o de que los mismos son también sindicados a esos hechos, para este Juzgado queda claro que mal podría continuar obligarles a soportar la medida cautelar de carácter real dictadas en el marco del presente proceso y en contra de las empresas que se encuentran en calidad de socios”, explica el magistrado.
Lea más: Congelan bienes y cuentas de libaneses buscados por atentado en AMIA de Argentina
En consecuencia, en su resolución, el juez Legal resolvió mantener la inhibición general de vender, gravar y el bloqueo de los bienes decretados sobre Hussein Mounir Mouzannar pero conforme al siguiente porcentaje:
- El 30% del paquete accionario de Agrogado S.A.
- El 25% de las acciones de Polo Modas S.A.
- El 65% del paquete accionario de Agroganadera Santa Felicidad S.A.
- El 24,65% de las acciones de Flor de Lis S.A.

Intervención de la Senabico
Asimismo, el magistrado dispone que la Secretaria Nacional de Administración de Bienes Incautados y Comisados (Senabico) proceda a administrar as firmas mencionadas en representación de Hussein Mounir Mouzannar y Abdallah Salman, junto a los demás socios.
Según los datos, Agrogado S.A. está ubicada en Ciudad del Este y tiene como actividad económica principal la cría de ganado vacuno con destino a la producción de carne, para lo cual cuenta con varios inmuebles para tales efectos.
Las firmas Polo Modas y Flor de Lis tienen como actividad económica principal las actividades inmobiliarias realizadas con bienes propios o arrendados. La primera está ubicada en Saltos del Guairá y la segunda, en Ciudad del Este.