La sentencia a la odontóloga Graciela Espinoza y la química farmacéutica Sandra Natalia Hermosa a cuatro y tres años de cárcel, respectivamente, por el homicidio culposo de María Sol Chávez Franco, joven universitaria de 22 años que murió en abril de 2021 por sobredosis de flúor recetado y preparado por las condenadas, se confirmó con la resolución del tribunal de apelación en lo penal primera sala.
El tribunal de apelación está conformado por los jueces Jesús María Riera Manzoni, Agustín Lovera Cañete y José Waldir Servín, quienes consideraron improcedentes los agravios presentados por los abogados Delis Céspedes, Violeta Ayala López y Aníbal Ayala en representación de la odontóloga, y de César Alfonzo en representación de Hermosa.
Los abogados apelaron la sentencia definitiva Nº 194 de fecha 19 de mayo de 2025 del tribunal conformado por Juan Francisco Ortiz, Lourdes Garcete y Rossana Maldonado, que estableció las penas a las condenadas en el tercer juicio que se realizó a las procesadas.
Las sindicadas como responsables del homicidio culposo de María Sol Chávez, fueron declaradas culpables en agosto del 2023 durante el primer juicio, pero pese a que las penas fueron establecidas, la Cámara de Apelaciones hizo lugar a los recursos planteados por las defensas y las anuló. Recién fueron establecidas las penas en el tercer juicio.
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Caso de Sol Chávez
Una intoxicación fatal afectó a la joven María Sol Chávez a quien la odontóloga Lilia Espinoza le indicó que tomara 2 gramos de flúor en pastillas, durante 14 días.
El 8 de abril de 2021, Sol logró que Sandra Hermosa, de Botica Magistral, prepare el medicamento recetado.
En la primera toma la joven tuvo síntomas muy fuertes que requirió su internación. En solo horas dejó de existir. Esto ocurrió el 9 de abril del 2021.
Tanto la fiscala Teresita Torres como el abogado José Armoa (querellante) habían solicitado en sus alegatos conclusivos durante el último juicio que Espinoza y Hermosa sean condenadas a 5 años de cárcel y tengan prohibición para ejercer sus profesiones por un plazo de 10 años.
Sin embargo, el Colegiado de Sentencia, coherente con lo señalado al inicio del tercer juicio, que tuvo como objeto la medición de las penas para ambas acusadas; ratificó que la condena máxima que podría imponer a la odontóloga era de 4 años de cárcel, y a la química farmacéutica 3 años de pena carcelaria.
Durante la lectura de la condena del tercer juicio, el presidente del tribunal de sentencia, Juan Francisco Ortiz, resaltó la gravedad de las conductas desplegadas por Espinoza y Hermosa y afirmó que si no tenían “el techo de la reforma en perjuicio”, las condenas iban a ser otras.