Causa contra hijo de Lalo Gomes y Tuma estará a cargo de Juzgado Especializado

La jueza de Garantías Especializada en Crimen Organizado Rosarito Montanía estará a cargo de la causa abierta contra Alexandre Rodrigues Gomes, hijo del difunto exdiputado colorado Eulalio “Lalo” Gomes y el Abg. Óscar Tuma, por la presunta transferencia irregular de inmuebles. Ahora la magistrada debe resolver si admite la imputación y, de ser así, convocar a los procesados para la audiencia de imposición de medidas.

Alexandre Rodrigues Gomes, hijo del abatido diputado cartista Eulalio "Lalo" Gomes declara por vía telemática. Junto a él, el abogado Oscar Tuma.
Alexandre Rodrigues Gomes, hijo del abatido diputado cartista Eulalio "Lalo" Gomes declara por vía telemática. Junto a él, el abogado Oscar Tuma.gentileza

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) resolvió la contienda de competencia negativa suscitada en el proceso que afronta Alexandre Rodrigues Gómez, hijo del fallecido exdiputado colorado Eulalio “Lalo” Gomes Batista; junto al Abg. Óscar Tuma, por la supuesta transferencia irregular de inmuebles que estaban “bloqueados”; y confirmó a la jueza de Garantías Especializado en Crimen Organizado Rosarito Montanía para entender en la causa.

En el Auto Interlocutorio N° 469 del 18 de agosto de 2025, los ministros María Carolina Llanes, Luis María Benítez Riera y Manuel Ramírez Candia coinciden en que los hechos sindicados al imputado Alexandre Rodrigues Gómez están relacionados con los investigados en el marco de la primera causa que afronta, que es de naturaleza especializada y que corresponde al Juzgado Especializado en Crimen Organizado.

En consecuencia, la máxima instancia judicial concluyó que corresponde declarar la competencia del Juzgado Penal de Garantías Especializado en Crimen Organizado, así como había señalado el juez de Garantías José Agustín Delmás, al inhibirse de entender en la presente causa abierta por las transferencias de bienes inmuebles realizadas entre ellos, pese a que Rodrigues estaba incapacitado para realizar trámites y transferencias en la causa Pavo Real PY II.

Ahora la jueza de Garantías Especializada en Crimen Organizado del Tercer Turno, Rosarito Montanía, debe analizar si admite la imputación presentada por los fiscales Juan Martín Morínigo, Francisco Cabrera y Diana Raquel Gómez, en contra de Alexandre Rodrigues Gómez y el abogado Óscar Luis Tuma Bogado, por el hecho de lavado de activos.

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Imputación contra hijo de Lalo y abogado

Alexandre Rodrigues Gómez fue detenido en su casa de Pedro Juan Caballero el 19 de agosto de 2024. Ese día, el juez penal de garantías Especializado en Crimen Organizado, Osmar Legal, a través del AI N° 331, decretó la inhibición general de enajenar y gravar bienes contra el citado procesado, lo que lo inhabilitaba para disponer libremente de sus bienes.

Tuma asumió como defensor el 20 de agosto. En esa fecha el juzgado ordenó a la Dirección General de los Registros Públicos, vía oficio, que se registre la medida cautelar a los imputados. A las 8:22 se informó al juzgado que a las 7:44 se procedió a lo solicitado. Las anotaciones estuvieron a cargo de la funcionaria Graciela Rodríguez, con código de usuario 101.

Sin embargo, el abogado Óscar Tuma apeló el AI N° 331 señalando que la medida cautelar era nula, pues la admisión de la imputación aún no había quedado firme. Tuma presentó su escrito en forma electrónica a las 0:56 del 21 de agosto, según consta en el registro.

Jueza Rosarito Montanía
Jueza Rosarito Montanía

Ese mismo día, pero a las 12:22, la funcionaria ahora imputada Alcira Rodríguez había ingresado al sistema con su código de usuario 107. La mujer realizó una actualización en la anotación de Alexandre Rodrigues Gomes, reemplazando su nombre y apellido por el de Alexandra Rodríguez Giménez; y también los números de cédulas, de 6.518.333 por 5.183.336.

Esa acción abrió la posibilidad de que la transferencia de los cuatro inmuebles de parte de Alexandre Rodrigues a Óscar Tuma pueda realizarse, pues la notaria, en el marco de sus actuaciones, solicitó un informe a Registros Públicos a modo de conocer si había impedimento legal, pero la respuesta fue negativa.

Presunto lavado mediante transferencias

Para el Ministerio Público, Tuma no podía desconocer el estado procesal de Rodrigues, pues tuvo intervención y acceso desde un inicio a las actuaciones judiciales. Es más, Tuma apeló el AI N° 331 y un Tribunal de Apelación Especializado en Crimen Organizado en Delitos Económicos y Crimen Organizado confirmó la medida cautelar.

El Tribunal de Apelación señaló en su AI N° 92 “el principio que rige respecto a las medidas cautelares es que las mismas deben ser cumplidas y cualquier recurso interpuesto no puede tener efecto suspensivo, vale decir, las medidas cautelares se cumplen hasta tanto sean revocadas y no a la inversa”.

Es ante este contexto que la Fiscalía imputó a Rodrigues y Tuma por presunto lavado de activos porque entiende que el letrado tenía conocimiento de la situación procesal de su cliente, de que no podía disponer de sus bienes y, por ende, no podía transferir sus inmuebles como dación en pago por los servicios profesionales.

Esto hizo sospechar al Ministerio Público de una conducta de intento de ocultamiento de los bienes a fin de evitar su eventual comiso.

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