El ex intendente de Lambaré Roberto Cárdenas Ramírez sufrió un nuevo revés en su intento de seguir zafando del cumpliendo de su condena a 8 años de cárcel por lesión de confianza, ya que el Tribunal de Apelación Penal, Segunda Sala, de la Capital confirmó el Auto Interlocutorio N° 26 del 14 de marzo de 2025, por la cual la jueza Penal de Ejecución Especializado en Delitos Económicos, Corrupción y Crimen Organizado María Lidia Wyder Mendieta ordenó su captura para que cumpla la sentencia.
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La apelación presentada por el propio Cárdenas Ramírez, en su carácter de abogado, argumenta que la sentencia definitiva N° 539 de fecha 23 de diciembre de 2021 no se encuentra firme ni ejecutable, en consecuencia, el Juzgado de Ejecución carece aún de competencia para recibir el expediente y dictar resolución alguna.

En consecuencia, el exintendente lambareño solicitó a la Cámara de Apelaciones que anule la resolución de la jueza María Lidia Wyder, señalando que en la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia está pendiente un recurso de aclaratoria promovido por la defensa.
Luego de analizar los fundamentos del condenado, los camaristas Dionisio Frutos, Gustavo Bóveda y Helmut Fortlage concluyeron que “el recurso de aclaratoria, conforme a lo previsto en la normativa procesal, se limita exclusivamente a corregir errores materiales, aclarar expresiones oscuras o suplir omisiones, sin alterar el fondo ni los efectos sustanciales del fallo, razón por la cual no puede ser considerado como impedimento para la ejecución de una condena”, según resalta parte del Auto Interlocutorio N° 132 dictado este martes 12 de agosto de 2025.
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Orden de captura del exintendente Roberto Cárdenas
La orden de captura contra el exintendente de Lambaré Roberto Cárdenas Ramírez, de 64 años, fue dictada el 14 de marzo pasado, por la jueza de Ejecución Especializada en Delitos Económicos, Corrupción y Crimen Organizado María Lidia Wyder Mendieta, quien dispuso que, una vez detenido, el condenado a 8 años de cárcel por lesión de confianza sea remitido a la Dirección General de Establecimientos Penitenciarios, a los efectos de ser trasladado a la penitenciaría que tenga espacio e infraestructura para albergarlo.
Cárdenas Ramírez, quien contaba con medidas alternativas a la prisión desde el 21 de diciembre de 2016, fue condenado por Sentencia Definitiva Nº 539 de fecha 23 de diciembre de 2021, dictada por el Tribunal de Sentencia Especializado en Delitos Económicos integrado por las juezas Yolanda Portillo (presidenta), Yolanda Morel y Elsa García.
El fallo de primera instancia quedó firme en agosto de 2024, cuando la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) rechazó el recurso de aclaratoria planteado por la defensa de Roberto Cárdenas sobre el Acuerdo y Sentencia N° 352 del 2 de abril de 2024 dictada por los ministros Víctor Ríos Ojeda, César Diesel Junghanns y Gustavo Santander Dans, que había resuelto no hacer lugar a la acción de inconstitucionalidad promovida por el condenado.
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Condena a 8 años por derrumbe de aula
El 23 de diciembre de 2021, el Tribunal de Sentencia Especializado en Delitos Económicos, integrado por las juezas Yolanda Portillo (presidente), Yolanda Morel y Elsa García, condenó al exintendente de la ciudad de Lambaré Roberto Cárdenas Ramírez a 8 años de pena privativa de libertad, por los hechos de lesión de confianza y actividades peligrosas en la construcción.
También fue sentenciado en el juicio oral a 6 años de cárcel el exdirector de Administración y Finanzas del municipio lambareño Guido Fernando Salcedo, como autor de lesión de confianza y cómplice del delito de actividades peligrosas en la construcción.
De igual manera, fueron penados con 3 años de prisión el encargado de la Dirección de Obras del municipio lambareño Carlos María Mendieta Candia y el titular de la empresa ADC Construcciones, Alejandrino Duarte Centurión, cuya firma fue la que se encargó de las obras en cuatro instituciones educativas. Las penas de estos fueron confirmadas por la Sala Penal de la Corte, que rechazó los recursos de casación planteados por las defensas.
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Las pruebas producidas en el juicio oral por los fiscales Luis Said, Carina Sánchez y Teresita Torres, demostraron, que los condenados ocasionaron al municipio lambareño un daño patrimonial de G. 859.155.192, mediante la construcción de obras, remodelación y ampliación, realizadas con dinero del Fonacide en instituciones educativas de la ciudad, entre noviembre de 2012 y diciembre de 2013.