El inicio del juicio oral y público al músico Pedro Lerea Ramírez, vocalista del grupo Pipa para Tabaco, por supuesta tenencia y venta de droga, estaba previsto para hoy, pero se pospuso para el jueves 14, a las 09:00.
La audiencia está a cargo del Tribunal de Sentencia presidido por Mario García, Celia Salinas y Víctor Alfieri, quien se encuentra con reposo por hipertensión. Por esta razón, los juicios previstos para esta semana en los que Alfieri debe participar fueron reagendados.
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Este es el segundo juicio que afronta Lerea por tenencia y venta de droga, como consecuencia de un allanamiento realizado el 7 de octubre de 2021 a su domicilio, ubicado en el barrio Mburicaó de Asunción.
En la ocasión, los intervenientes hallaron en poder del músico 22,8 gramos de cocaína y 25,4 gramos de marihuana, en una riñonera que tenía consigo mientras comercializaba las sustancias a otras personas mayores de edad que estaban ahí, además de dos balanzas de precisión y G. 764.000 en efectivo.
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Condena en el primer juicio a Pedro Lerea
En el primer juicio, que concluyó el 26 de setiembre de 2024, el Tribunal de Sentencia presidido por Yolanda Portillo e integrado por Héctor Capurro y María Fernanda García de Zúñiga condenó a Lerea a 3 años y 7 meses de cárcel, por considerar que el mismo tenía un reproche reducido.
Esta sentencia fue apelada por la fiscala Ingrid Cubilla, de la Unidad Especializada de Lucha contra el Narcotráfico y el 7 de febrero pasado, anulada por el Tribunal de Apelación en lo penal, segunda sala.

La agente fiscal, que en sus alegatos finales solicitó una condena de cinco años de pena privativa de libertad para Lerea, precisó que su cuestionamiento no va dirigido a los años de prisión, sino al punto de la responsabilidad.
Específicamente, el Tribunal de Sentencia consideró que “el acusado obró con una considerable disminución de su capacidad de conocer la antijuridicidad del hecho juzgado, que es el de comercialización de sustancias estupefacientes”.
Cuestionamiento de la Fiscalía
Este es el punto que agravia a la Fiscalía, pues la agente Cubilla sostiene que los informes psicológicos que sirvieron de base para que el colegiado llegue a la conclusión mencionada, son contradictorios. Esta situación ha sido corroborado por el Tribunal de Alzada, que precisamente por este motivo anuló la sentencia y ordenó la realización de un nuevo juicio a Lerea.
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“En primer lugar ya los profesionales psiquiatras dijeron que tenía capacidad de conocer el hecho y determinarse con base en ese conocimiento. No hablan de disminución como exige el artículo 23º inciso 2 del Código Procesal Penal y, por otro lado, ni los psicólogos en quienes funda el razonamiento llegaron a esa conclusión. Creo que es peligroso dejar que quede firme un precedente como este”, explicó la fiscala Cubilla en su momento, al fundamentar la decisión de apelar la sentencia de primera instancia.