Cámara confirma que exintendente de Lambaré va a juicio por supuesto desvío

Un Tribunal de Apelación declaró inadmisible un recurso presentado por el ex intendente de Lambaré Armando Gómez (PLRA), contra la resolución que dispuso que afronte un juicio oral y público por un supuesto desvío de más de G. 7 mil millones.

Armando Gómez, intendente de Lambaré.
Armando Gómez (PLRA), ex intendente de Lambaré, afrontará un juicio por supuesta lesión de confianza.Archivo ABC Color

El Tribunal de Apelación en lo Penal Especializado en Delitos Económicos, Crimen Organizado y Corrupción, primera sala, confirmó que el exintendente de Lambaré, Armando Gómez Arévalo (PLRA) afrontará juicio oral y público por supuesta lesión de confianza.

Por unanimidad, los camaristas Silvana Luraghi, Gustavo Amarilla y Claudia Criscioni declararon inadmisible el recurso de apelación general presentado por los abogados de exjefe comunal, Julio César Bobadilla Estigarribia y Osvaldo Sotelo Franco, en contra del A.I. N° 159 de fecha 11 de junio de 2025.

El millonario desvío atribuido al ex intendente de Lambaré

A través de la mencionada resolución, dictada por el juez penal de Garantías Especializado en Delitos Económicos y Anticorrupción, primer turno, Humberto Otazú, se admite la acusación por lesión de confianza presentada contra Armando Gómez, por su presunta responsabilidad en el desvío de 7.315.878.567.

Humberto Otazú, juez penal de Garantías Especializado en Delitos Económicos.
Humberto Otazú, juez penal de Garantías Especializado en Delitos Económicos.

La millonaria suma corresponde a fondos descontados a funcionarios de la Municipalidad que debían ser destinados a la Caja de Jubilaciones.

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“Existen suficientes elementos de sospechas agregados a la carpeta de investigación fiscal, sobre la supuesta apropiación de los fondos descontados a los funcionarios permanentes de la Municipalidad de Lambaré que no fueron transferidos a la Caja de Jubilaciones del Personal Municipal y, de esta forma causar un perjuicio patrimonial a la institución”, señala la acusación.

Según la acusación, la Dirección de Talento Humano preparaba las planillas de pago y descuentos de los funcionarios permanentes, remitiendo posteriormente al Departamento de Contabilidad, pero nunca se preparaba la orden de pago correspondiente, pese a que el descuento se realizaba a los funcionarios permanentes.

Postura de la Cámara de Apelación

En el análisis del caso, Luragui destaca que si bien el auto de elevación a juicio oral y público es irrecurrible, corresponde estudiar la viabilidad del recurso únicamente respecto a los incidentes planteados en ocasión de la audiencia preliminar, en especial el de inclusión de una pericia contable rechazada en primera instancia.

“ Al analizar el presente recurso, en lo que respecta al requisito de su fundamentación, este Tribunal de Apelaciones observa que, de los agravios expuestos en el escrito presentado, estaríamos ante un supuesto error procesal del juez penal de garantías al rechazar la inclusión probatoria peticionada por la defensa de una pericia contable. No obstante, se desprende que lo que en realidad existe es una disconformidad con el decisorio por el Juez Penal de Garantías que no constituye un agravio suficiente que justifique la anulación o revocaciónde la resolución recurrida”, argumenta la camarista pre opinante.

Asmismo, Luragui agrega que “los recurrentes se limitan a relatar en forma genérica los motivos por los cuales discrepan con la decisión adoptada por el Juez de Garantías y en ningún punto se puede dilucidar qué normativa ha sido vulnerada o mal aplicada por parte del juez penal de garantías, dentro de sus funciones de control para la admisión de pruebas”.

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